Boletín nº 8 (11-01-2018)
VII. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 4
Córdoba
Nº. 4.722/2017
Juzgado de lo Social Número 4 de Córdoba
Procedimiento: 741/2015
Ejecución Nº: 219/2017
De: Don Jesús Escribano Mije
Graduado Social: Don Francisco Torres Alfonso
Contra: Grupo con Servicios Integrales SL, Fogasa
DOÑA DOLORES DE LA RUBIA RODRÍGUEZ, LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 4 DE CÓRDOBA, HACE SABER:
Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 219/2017 a instancia de la parte actora don Jesús Escribano Mije contra Grupo con Servicios Integrales SL, sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado Decreto de fecha 20/12/2017 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Parte Dispositiva
Acuerdo: Declarar al ejecutado Grupo con Servicios Integrales SL, en situación de Insolvencia Total por importe de 5.517,19 euros de principal, más otros 900 euros calculados provisionalmente, y sin perjuicio de su ulterior liquidación, para los intereses y costas, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.
Archívese el presente procedimiento y dese de baja en los libros correspondientes. Incorpórese esta resolución al libro correspondiente, dejando testimonio de la misma en los autos.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Modo de Impugnación: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, artículo 188 LRJS. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, la Cuenta de Consignaciones de este Juzgado abierta en el Banco Santander con IBAN número ES55-0049-3569-92-0005001274, debiendo indicar en el apartado "observaciones" los dígitos que corresponden a la cuenta expediente de esta ejecución: 1711-0000-05-0219-17, debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código "31 Social- Revisión". Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación "recurso" seguida del "código 31 Social- Revisión". Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.
Así lo mando y firmo, doy fe.
Y para que sirva de notificación al ejecutado actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Córdoba, a 20 de diciembre de 2017. Firmado electrónicamente por la Letrada de la Administración de Justicia, María Dolores de la Rubia Rodríguez.