Boletín nº 113 (16-06-2020)
IV. Junta de Andalucia
Delegación Territorial de Empleo, Formación, Trabajo Autónomo, Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad de la Junta de Andalucía en Córdoba
Nº. 1.514/2020
Convenio o Acuerdo: Inverser MJ Córdoba SL
Expediente: 14/01/0039/2020
Fecha: 28/03/2020
Asunto: Resolución de Inscripción y Publicación
Destinatario: Javier del Campo Hermoso
Código 14103252012016
Visto el Texto del Acuerdo de la Comisión Paritaria del "Convenio Colectivo de la Empresa Inverser Mj Córdoba SL" del día 17 de febrero de 2020, sobre Tablas Salariales para el año 2020, y de conformidad con lo establecido en el artículo 90 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, esta Autoridad Laboral, sobre la base de las competencias atribuidas en el Real Decreto 4043/1982, de 29 de diciembre, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de trabajo, el Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, el Decreto 100/2019, de 12 de febrero, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, y el Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía.
ACUERDA
Primero. Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo.
Segundo. Disponer la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
Córdoba, 28 de marzo de 2020. Firmado electrónicamente por el Delegado Territorial de Empleo, Formación, Trabajo Autónomo, Economía, Conocimiento, Empresas y Univ, Angel Herrador Leiva.
ACTA DE LA COMISION PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO DE
INVERSER MJ CÓRDOBA SL
ASISTENTES:
-POR INVERSER MJ CORDOBA SL:
Don Javier del Campo Hermoso.
-POR LOS TRABAJADORES:
Doña Gema Galipienso Cabello.
En Córdoba, siendo las diez horas del día 17 de febrero de dos mil veinte, se reúnen los señores relacionados al margen miembros de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de Inverser MJ Córdoba SL, en la sede de la empresa sito en calle Teruel 17, de Córdoba.
Se procede conforme a lo establecido en el artículo 12º del vigente convenio colectivo, acordándose seguidamente lo siguiente:
Primero. Efectuar para el año 2020 el incremento de las retribuciones básicas del convenio en un 0,8 %, porcentaje experimentado por el IPC durante el año 2019. Se acompañan como Anexo I, tablas salariales correspondiente al año 2020 incluyendo el incremento previsto, así como actualizar el importe de los salarios de las categorías que hayan quedado por debajo de SMI establecido en el Real Decreto 231/2020, de 4 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2020.
Segundo. Se acuerda, para los trabajadores que tuviesen condiciones más beneficiosas antes de la firma del convenio publicado en fecha 25/05/2016, que todas las cantidades que superen las establecidas por el convenio colectivo o los complementos que vienen abonándose y que actualmente no están recogidos en el convenio pasarán a un complemento personal que no podrá ser absorbible denominado Plus Ad Personam, en el que se incluirán: la antigüedad que exceda de lo establecido en el convenio, las pagas extraordinarias prorrateadas que exceden de las contempladas, así como los complementos de destino y compensatorios.
Tercero. Se acuerda efectuar atrasos para este año 2020, solo a los trabajadores con categorías que quedaron por debajo del SMI, debido al incremento realizado por el gobierno del estado en el Real Decreto 231/2020, de 4 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2020, y se acuerda no efectuar atrasos para los trabajadores que estaban de alta antes de la firma del convenio debido a que actualmente tienen los salarios superiores a lo que marca el convenio, por eso se ha acordado recoger todo lo que exceda en un complemento personal no absorbible para que en los años sucesivos se puedan realizar los atrasos.
Sólo se realizarán atrasos a los trabajadores que vayan sólo y exclusivamente por convenio.
Cuarto. Dicho incremento del 0,8% y actualización del SMI en algunas categorías, se efectuará con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2020 abonándose los correspondientes atrasos en un periodo máximo de dos meses desde la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
Cuarto. Elevar a la Autoridad Laboral Competente los acuerdos de revisión aprobados, así como las tablas salariales correspondiente al año 2020 a los efectos de su homologación y publicación en el 99Boletín Oficial:: de la Provincia.
Quinto. Facultar a don Adolfo Echevarría Márquez para que presente toda la documentación ante la Delegación Provincial de la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía.
Y no habiendo más asuntos que tratar, se da por concluida la reunión, siendo las doce horas y treinta minutos del día arriba indicados.
POR INVERSER MJ CÓRDOBA SL, firma ilegible.
POR LOS TRABAJADORES, firma ilegible.
ANEXO I
TABLAS SALARIALES 2020
(INCREMENTO 0,8%)
CATEGORIA |
SALARIO BRUTO ANUAL (14 PAGAS) |
TELEFONISTA/TELEOPERADORA |
13.300,00 € |
DEPENDIENTE |
13.300,00 € |
JEFEVENTAS/GRUPO/SECCION SERVICIOS |
15.469,75 € |
CONTABLE |
13.613,38 € |
JEFE DE PERSONAL |
15.469,75 € |
RESPONSABLE DE TIENDA |
15.469,75 € |
PERSONAL TECNICO |
13.300,00 € |
VISITADOR/COMERCIAL SENIOR |
13.613,38 € |
VISITADOR/COMERCIAL JUNIOR |
13.300,00 € |
APRENDIZ 1ºAÑO(C. FORMATIVO) |
13.300,00 € |
APRENDIZ 2ºAÑO(C. FORMATIVO) |
13.300,00 € |
APRENDIZ 3º AÑO(C. FORMATIVO) |
13.300,00 € |