Boletín nº 140 (23-07-2020)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera
Nº. 2.044/2020
Por Resolución de Alcaldía nº 1615/2020, de 14 de julio, se ha resuelto lo siguiente:
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Esta Alcaldía tiene atribuida por Ley la facultad de delegar determinadas atribuciones, conforme al artículo 21.3 de la Ley 7/85, de 2 de abril Reguladora de las Bases de Régimen Local.
Razones de oportunidad y como medida instada por los interesados, aconsejan esta delegación especial para el matrimonio civil a celebrar en el salón de sesiones de la Casa Consistorial de esta ciudad el día 31 de julio de 2020, a las 12:00 horas.
Por consiguiente, vistos, entre otros, los artículos 21.3 de la LRBRL; 43.3 y ss., del RD 2568/86, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, y de conformidad con lo dispuesto en la directriz segunda de la Instrucción de 26 de enero de 1995 de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre autorización del matrimonio civil por los Alcaldes, por la presente
HE RESUELTO:
1. Delegar en el Sr. Concejal de este Ayuntamiento, don Antonio Cosano Cabello el ejercicio de las atribuciones de oficiante del matrimonio civil para el día 31 de julio de 2020, a las 12:00 horas.
2. Notifíquese esta Resolución al interesado y publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia.
En Aguilar de la Frontera, 14 de julio de 2020. Firmado electrónicamente por la Alcaldesa, Carmen Flores Jiménez.