Boletín nº 187 (29-09-2020)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de La Victoria
Nº. 2.915/2020
Título: Extracto de la Resolución de la Alcaldía de fecha 17/09/2020 por la que se aprueba la «Convocatoria y Bases de la Concesión de Subvenciones previstas nominativamente en el Presupuesto Municipal para el ejercicio 2020».
BDNS (Identif.) 524741
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/524741)
BDNS (Identif.) 524741
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones https://webpub2.igae.hacienda.gob.es/teseonet/convocatoria/detalle?id=726301
Primero. Beneficiarios:
1. Podrán solicitar las subvenciones establecidas en esta convocatoria las entidades que figuran nominativamente en los presupuestos generales del Ayuntamiento para el ejercicio2020, y que a continuación se detallan:
SUBVENCIONES NOMINATIVAS |
IMPORTE |
AMPA GIRASOL |
3.500,00 € |
ASOCIACION CULTURAL BAILON |
800,00 € |
C.A. ZORRERAS |
800,00 € |
ASOCIACION PENSIONISTAS |
3.000,00 € |
CRISTO DE LA EXPIRACION |
800,00 € |
ADELFAS Y RETAMAS |
1.000,00 € |
SOCIEDAD DE CAZADORES |
800,00 € |
CORO GUADALMAZAN |
1.300,00 € |
A.M. ATENEA |
1.000,00 € |
LA VICTORIA C.F. |
2.700,00 € |
ASOCIACION MOTOS CLASICAS |
800,00 € |
BANDA TT CC CHARITAS |
2.000,00 € |
ASOCIACION CULTURAL ARTSUR |
1.000,00 € |
MIRAME |
500,00 € |
PEÑA MADRIDISTA |
800,00 € |
N.P. JESUS CAUTIVO |
800,00 € |
A.V. ALDEA QUINTANA |
1.500,00 € |
A. PROTECTORA ANIMALES |
800,00 € |
AGRUPACION MUSICAL LA VICTORIA |
2.000,00 € |
PEÑA FLAMENCA EL TRUENO |
1.000,00 € |
Segundo. Requisitos a cumplir por los solicitantes:
a) Encontrarse entre las entidades relacionadas en el artículo anterior.
b) Tener capacidad de obrar y encontrarse constituidos formalmente con arreglo a sus normativas específicas e inscritas en el registro correspondiente.
c) En el caso de personas jurídicas, éstas deberán acreditar que su objeto cumple con los fines y objetivos de las bases de la correspondiente convocatoria.
d) Estar al corriente en sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
e) Acreditar que sus fines y actividades sociales coinciden con la finalidad de la convocatoria y el contenido del proyecto o proyectos presentados.
f) Tener debidamente justificadas las subvenciones concedidas por el Ayuntamiento de La Victoria de ejercicios anteriores, encontrándose al corriente en el pago de las obligaciones porreintegro de subvenciones.
g) No estar incurso en ninguna de las circunstancias que imposibilitan la obtención de la condición de beneficiario de subvenciones, según el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (Solicitud).
i) Acreditar el cumplimiento, por parte de las entidades que trabajen con menores, de disponer de los certificados de Delitos de Naturaleza Sexual, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/1996, de Protección Jurídica del Menor, modificada por la Ley 26/2015 y la Ley 45/2015, de voluntariado que establecen la obligación de que se aporten certificados negativosdel Registro Central de Delincuentes Sexuales para todos los profesionales y voluntarios que trabajan en contacto habitual con menores (Solicitud).
Los solicitantes deberán reunir los anteriores requisitos previos a la fecha de la aprobación de la resolución y mantenerse, al menos, desde el inicio del proyecto hasta la presentación de lajustificación del mismo.
Tercero. Objeto
1. La presente convocatoria tiene por objeto regular la concesión de subvenciones previstas nominativamente en el presupuesto municipal para el ejercicio 2020.
2. Las actividades objeto de subvención y los gastos inherentes a las mismas deberán realizarse durante el ejercicio de la concesión
3. Las presentes bases serán publicadas en el tablón de anuncios del Excmo. Ayuntamiento de La Victoria y en la web municipal.
4. De conformidad con lo establecido en el artículo 22.2 de la Ley 38/2003, de 17 de Noviembre, General de Subvenciones, las ayudas a las que se refiere la presente convocatoriaserán resueltas mediante el procedimiento de concesión en régimen de evaluación individualizada, dada su carácter nominativo.
La finalidad de las subvenciones será la realización de proyectos y actividades relativas a las áreas: deportivas; de ocio y tiempo libre; culturales; juventud e infancia; servicios sociales y defomento del turismo local, entre otras.
Cuarto. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regirá por la base 27ª de las Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal 2020, del Ayuntamiento de La Victoria así como por la Convocatoria aprobada por Resolución de la Alcaldía de fecha 17/09/2020 de la concesión de subvenciones previstas nominativamente en el pre