Boletín nº 80 (29-04-2021)
VI. Administración Local
Diputación de Córdoba
Nº. 1.558/2021
Extracto del acuerdo de fecha 13 de abril de 2021 de la Junta de Gobierno de la Excma. Diputación Provincial de Córdoba, por el que se aprueba la Convocatoria de Subvenciones a Asociaciones, Federaciones que desarrollen proyectos, programas y actividades para conseguir la Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres y la Eliminación de la Discriminación por Razón de Sexo u Orientación Sexual, en la provincia de Córdoba, durante el año 2021.
BDNS(Identif.): 559878
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/559878)
Primero. Beneficiarios
Asociaciones y federaciones de mujeres sin ánimo de lucro, y otras asociaciones, que no siendo exclusivamente de mujeres, presenten a esta convocatoria proyectos, programas y actividades para la igualdad entre mujeres y hombres y la eliminación de discriminación por razón de sexo u orientación sexual en la provincia de Córdoba, y tengan domicilio en la provincia de Córdoba.
Segundo. Objeto
Es objeto de esta convocatoria la financiación de aquellos proyectos realizados o por realizar en el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del 2021, y en su caso hasta los tres meses siguientes a la publicación de la resolución definitiva de esta convocatoria que, teniendo una proyección local, comarcal o provincial, tengan por objeto fomentar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, eliminación de discriminación por razón de sexo u orientación sexual, en la provincia de Córdoba.
Tercero. Bases reguladoras
Convocatoria de Subvenciones a Asociaciones, Federaciones que desarrollen proyectos, programas y actividades para conseguir la Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres y la Eliminación de la Discriminación por Razón de Sexo u Orientación Sexual, en la provincia de Córdoba, durante el año 2021.
Cuarto. Cuantía
El importe de las subvenciones podrá alcanzar el 100% del presupuesto de la actividad de manera discrecional por razón de oportunidad o excelencia, debidamente motivada, aunque se valorará la aportación económica por parte de la asociación.
Sólo se podrá presentar una solicitud, aunque incluya varios proyectos, recomendando que el importe sea igual o inferior a 5.000 € ya que en ningún caso la Diputación subvencionará a una entidad con más de 2.500 €.
El importe de las subvenciones no podrá ser, en ningún caso, de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con subvenciones o ayudas de otras Administraciones Públicas o de otras entidades públicas o privadas, supere el coste de la actividad a desarrollar por la entidad beneficiaria.
Quinto. Plazo, lugar y procedimiento de presentación de las solicitudes. Documentos e información que deben acompañar a la solicitud
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
La solicitud (formulario electrónico), acompañada de la documentación requerida en esta convocatoria, dirigidas al Sr. Presidente de la Diputación Provincial, se presentará, de manera exclusiva, a través del Registro Electrónico de la Diputación de Córdoba (https://sede.dipucordoba.es/diputacion/tramites?busqueda=igualdad)
Las solicitudes irán firmadas electrónicamente por la persona que ostente la representación legal de la entidad jurídica que presenta la solicitud, utilizando para ello el certificado electrónico de Representante de Persona Jurídica. En caso de utilizar otro tipo de certificado electrónico que no acredite la representación deberán aportar los documentos que acrediten la misma.
En todo caso, los solicitantes deberán aportar la siguiente documentación:
A) DOCUMENTACIÓN GENERAL
a. Solicitud, que se ajustará al formato que figura en el Anexo I firmada por la representación legal de la entidad.
b. Declaración responsable según Anexo I sobre otras ayudas solicitadas y/o concedidas, así como de cumplir con los requisitos para obtener la condición de entidad beneficiaria previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, de 17 de noviembre. Solicitud conforme al Anexo I.
c. Certificado de comunicación de Cuenta bancaria, Anexo V, para aquellas entidades que no hayan resultado beneficiarias en anteriores convocatorias, así como para aquellas cuya cuenta bancaria se haya modificado, debidamente cumplimentado donde se hará constar el número de la cuenta bancaria en la que se abonará la ayuda concedida o bien certificado bancario de titularidad, en ambos casos el documento debe estar sellado y firmado manual o digitalmente por la entidad bancaria.
d. Copia de la tarjeta de la identificación fiscal (CIF), salvo que dicha documentación ya haya sido aportada a la Diputación de Córdoba y la misma se encuentre en vigor y así se haya hecho constar en el Anexo I o la solicitud se presente con el certificado digital de persona jurídica.
e. Documento acreditativo de la representación legal de la persona firmante de la solicitud, salvo que la solicitud se presente con el certificado digital de persona jurídica.
f. Certificados de estar al corriente con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) y Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS). Solo en caso de rechazo, deberá aportar dicha certificación.
B) DOCUMENTACIÓN ESPECÍFICA
Las solicitudes se presentarán acompañadas inexcusablemente de un Proyecto de la/s actividades para la/s que se solicita subvención, que debe reunir los epígrafes de contenido que se recogen el Anexo II, con una extensión máxima de 10 folios y que incluirá un presupuesto desglosado de gastos e ingresos previstos para la financiación de las actividades. La limitación de tamaño para adjuntar documentación digitalizada es de 5 Mb.
Sexto.
Inadmisión y subsanación de solicitudes, Órgano competente para la instrucción y resolución del procedimiento, Propuesta de Resolución Provisional, Resolución Definitiva, plazos, notificación y recursos, plazo de resolución y notificación, reformulación de solicitudes, criterios de valoración, medidas de difusión, justificación, modificación de la resolución a instancia del interesado, reintegro de cantidades percibidas, infracciones y sanciones administrativas, seguimiento de los programas o actividades subvencionados, obligaciones de las Asociaciones o Entidades beneficiarias, Anexos: formularios electrónicos y modelos.
Se establecen bases específicas que regulan la inadmisión y subsanación de solicitudes, el Órgano competente para la instrucción y resolución del procedimiento, Propuesta de Resolución Provisional, Resolución Definitiva, plazos, notificación y recursos, plazo de resolución y notificación, reformulación de solicitudes, criterios de valoración, medidas de difusión, justificación, modificación de la resolución a instancia del interesado, reintegro de cantidades percibidas, infracciones y sanciones administrativas, seguimiento de los programas o actividades subvencionados, obligaciones de las Asociaciones o Entidades beneficiarias y los Anexos: formularios electrónicos y modelos.
Córdoba, 13 de abril de 2021 Firmado electrónicamente: El Ilmo. Sr. Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Córdoba, Antonio Ruiz Cruz.