Boletín nº 188 (01-10-2021)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de La Carlota
Nº. 3.771/2021
Título: NORMATIVA REGULADORA DE CARÁCTER EXCEPCIONAL POR LA QUE SE DEBE REGIR LA CONCESIÓN DE AYUDAS A LAS EMPRESAS DEL MUNICIPIO DE LA CARLOTA AFECTADAS POR EL CIERRE DECRETADO POR EL RD 465/2020, DE 17 DE MARZO, QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 10 DEL RD 463/2020, DE 14 DE MARZO.
BDNS (Identif.) 585571
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/585571)
EXTRACTO DE CONVOCATORIA DE CARÁCTER EXCEPCIONAL POR LA QUE SE DEBE REGIR LA CONCESIÓN DE AYUDAS A LOS SECTORES EMPRESARIALES DEL MUNICIPIO DE LA CARLOTA MÁS AFECTADOS POR LA SITUACIÓN PROVOCADA POR LA CRISIS SANITARIA 2021.
GEX. 246/2021
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/585571) y la página web del Excmo. Ayuntamiento de La Carlota.
Artículo 1. OBJETO
El objeto de la presente convocatoria es paliar y actuar preferentemente en apoyo del comercio minorista no esencial, el sector de la hostelería, educativo y turístico, ante las consecuencias derivadas de la crisis económica provocada por el COVID-19, e impulsar la actividad económica en el término municipal de La Carlota, otorgando liquidez a las empresas y autónomos de los sectores más afectados por las medidas de contención de la actividad económica y que se encuentren dentro de alguno de los sectores mencionados.
Dichas empresas son las que desarrollan su actividad económica en los siguientes CNAE:CNAE 55: Servicios de alojamiento CNAE 56: Servicios de comidas y bebidas CNAE 79: Actividades de agencias de viajes, operadores turísticos,servicios de reservas y actividades relacionadas con los mismos CNAE 85: Educación. CNAE 96: Otros Servicios Personales. (Excluyendo código 9603 (Pompas fúnebres) y 9609 (Otros servicios personales n.c.o.p). CNAE 47: Comercio al por menor, (EXCLUYENDO actividades englobadas dentro de los códigos: 471 (Comercio al por menor enestablecimientos no especializados); 472 (Comercio al por menor de productos alimenticios, bebidas y tabaco en establecimientos especializados), 473 (Comercio al por menor de combustible para la automoción en establecimientos especializado). Mediante esta convocatoria se pretende ayudar al sufragar los gastos fijos o estructurales soportados por los autónomos y las pequeñas empresas de La Carlota para contribuir en la medida de lo posible al cumplimiento de sus obligaciones empresariales debido a la drástica reducción de ingresos que han supuesto las medidas de contención que ha repercutido en dichos sectores.
SEGUNDO. BENEFICIARIOS DE LAS AYUDAS
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en esta convocatoria las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas y las micropymes (empresa que ocupa hasta 10 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supera los 2 millones de euros según la Recomendación de la Comisión 2003/361/CE de 6 de mayo de 2003), que reúnan los siguientes requisitos:
1. Que desarrollen alguna de las actividades englobadas dentro del comercio minorista no esencial, el sector hostelero, educativo y turístico, circunstancia que habrá de ser acreditada en el momento de la solicitud mediante la aportación del código CNAE, o certificación acreditativa de alta en el IAE, donde conste el epígrafe de actividad.
2. Estar dados de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos (RETA) o en régimen que corresponda, en el momento de la solicitud de la misma, así como permanecer de alta un periodo mínimo ininterrumpido de tres meses a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución de la convocatoria.
3. En el resto de los beneficiarios, estar legalmente constituidos e inscritos en los registros correspondientes.
4. Que tengan su domicilio fiscal de la actividad en el municipio de La Carlota y radique en el mismo el centro de trabajo afectado.
5. Que se hallen al corriente de pago de sus obligaciones tributarias y no tributarias con el Ayuntamiento de La Carlota y con lasdemás administraciones. Se comprobará de oficio si el beneficiario se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligacionestributarias con el Ayuntamiento de La Carlota.
TERCERO. BASES REGULADORAS
La presente convocatoria se regirá por la Ordenanza General por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones municipales del Excmo. Ayuntamiento de La Carlota y sus Patronatos, aprobado por el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria, celebrada el día 27 de marzo de 2017 y publicada en el Boletín Oficial de la Proviincia nº 95, de 22 de mayo de 2017, así como porla presente convocatoria, aprobadas por Resolución de Alcaldía número 3106/2021, de 27 de septiembre del corriente.
CUARTO. IMPORTE
La cuantía a conceder se determinará en función del número de beneficiarios distribuyéndose entre todos los solicitantes aprobados hasta agotar el crédito existente en la aplicación presupuestaria 4300-47000. Subvenciones Empresas del presupuesto del ejercicio 2021.
El crédito destinado a esta convocatoria asciende inicialmente a ciento cincuenta mil euros (150.000 euros), de los créditos disponibles del Presupuesto municipal correspondiente al año 2021 con cargo a la citada aplicación presupuestaria.
QUINTO. PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
El plazo de presentación de las solicitudes será de diez días hábiles, el cual, se contara a partir del día siguiente al de la publicacióndel extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, estando publicadas las mismas en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, documento que será alojado en la Sede Electrónica con un enlace en la siguiente dirección de Internet:www.lacarlota.es.
SEXTO. OTROS DATOS
Las solicitudes y la documentación anexa de las subvenciones reguladas en el presente Capítulo se presentarán única y exclusivamente de forma telemática, conforme a lo previsto en el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en el modelo que estará disponible en la sede electrónica del Ayuntamiento de La Carlota y sólo se podrá presentar una sola solicitud por establecimiento, aunque el mismo se encuentre dado de alta en más epígrafes. La falta del Anexo I, o de la presentación de la documentación requerida en el Anexo II, así como del Anexo III, supondrá la exigencia de la subsanación por el interesado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 11 de las presentes bases, entendiendo como fecha de presentación de la solicitud la de presentación de la subsanación. Las solicitudes se ajustarán al modelo que figura como Anexo I y se presentarán exclusivamente por medios telemáticos conformeal artículo 14. apartados 2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo de las Administraciones Públicas
La Carlota, 28 de septiembre de 2021. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Antonio Granados Miranda.