Boletín nº 19 (28-01-2022)
VI. Administración Local
Diputación de Córdoba
Nº. 205/2022
EXTRACTO CRITERIOS Y DIRECTRICES DEL PLAN PROVINCIAL DE INVERSIONES DE REPOSICIÓN Y MEJORA DE CAMINOS DE ENTIDADES LOCALES PARA LOS EJERCICIOS 2022-2023.
BDNS (Identif.) 605726
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/605726)
Servicio de Planificación de Obras y Servicios Municipales.
El Pleno de esta Excma. Diputación Provincial de Córdoba, en sesión ordinaria, celebrada el día 26 de enero 2022, aprobó los CRITERIOS Y DIRECTRICES DEL PLAN PROVINCIAL DE INVERSIONES DE REPOSICIÓN Y MEJORA DE CAMINOS DE ENTIDADES LOCALES PARA LOS EJERCICIOS 2022-2023.
BDNS (Identif.) 605726
Lo que se hace público para su general conocimiento mediante la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial de la Provincia, tablón de anuncios electrónico de la Diputación Provincial de Córdoba y en la página web del Servicio de Planificación de Obras y Servicios Municipales; abriéndose un plazo de treinta días para la presentación de solicitudes por parte de las entidades locales beneficiarias, desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.
El texto completo de los criterios al que deberán remitirse los interesados, así como los anexos, para confeccionar y presentar sus solicitudes, podrá consultarse en la sede electrónica de la Diputación Provincial de Córdoba: (https://sede.dipucordoba.es/diputacion/tramites), o bien en la Base de Datos Nacional de Subvenciones con identificador de convocatoria nº 605726. De conformidad con el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las solicitudes se presentarán exclusivamente a través del correspondiente formulario electrónico.
1. OBJETO Y FINALIDAD
1.1. El presente Plan tiene por objeto regular la ejecución de inversiones en los diferentes municipios y entidades locales autónomas de la provincia de Córdoba que incida en la mejora de caminos de su propia titularidad, siendo competencia de las Entidades Locales su acondicionamiento y mantenimiento, cuya función principal es conectar los núcleos rurales con las explotaciones agrarias con el fin de mejorar y potenciar la competitividad de estas explotaciones, considerándose como tales aquellas inversiones que permitan la prestación de los servicios mínimos de competencia municipal relacionados en el artículo 26 LRBRL.
1.2. Las actuaciones que se soliciten deben discurrir en la mayoría de su longitud en suelo rústico.
1.3. Las Entidades Locales beneficiarias de este plan provincial sólo podrán presentar un máximo de 3 proyectos.
1.4. A los efectos anteriores, podrán incluirse y financiarse con cargo al presente Plan, a modo orientativo, la siguiente relación no exhaustiva, con posibles actuaciones a realizar dentro del ámbito de aplicación:
1.4.1. REPOSICIÓN, REPARACIÓN Y MEJORA DE DRENAJE
-Despeje y/o desbroce localizado en drenajes.
-Limpieza y/o reparación de cunetas y caces.
-Limpieza de caños, alcantarillas y otras obras de drenaje.
-Formación y/o apertura de cunetas.
-Protección de cunetas y/o cursos de agua.
-Reposición y/o sustitución de obras de drenaje.
-Drenajes profundos.
1.4.2. REPOSICIÓN, REPARACIÓN Y MEJORA DE FIRME
-Limpieza de calzadas, arcenes y aceras.
-Reposición y/o reparación de arcenes.
-Reposición y/o reparación de blandones.
-Reposición y/o reparación de firme y/o pavimento.
-Mejora de firme y/o pavimento.
-Estabilización de suelos.
-Tratamientos superficiales.
-Sellado de fisuras.
-Bacheos con mezclas asfálticas en la calzada.
-Firmes asfálticos.
1.4.3. REPOSICIÓN, REPARACIÓN Y MEJORA DE SEGURIDAD VIAL
-Limpieza y conservación de señalización vertical.
-Reposición y/o reparación de señalización vertical.
-Mejora de señalización vertical.
-Reposición y/o reparación de señalización horizontal.
-Mejora de señalización horizontal.
-Limpieza y conservación de balizamiento.
-Reposición y/o reparación de balizamiento.
-Mejora de balizamiento.
-Limpieza y conservación de balizamiento.
-Limpieza y conservación de sistemas de contención.
-Reposición y/o reparación de sistemas de contención.
-Mejora de sistemas de contención.
-Desbroce y poda de plantaciones para mejora de seguridad vial.
1.4.4. REPOSICIÓN, REPARACIÓN Y MEJORA POR INCIDENCIAS GEOLÓGICO-GEOTÉCNICAS
-Reparación y/o reposición de muros de contención y sostenimiento.
-Protección de taludes.
-Integración paisajística y medidas medioambientales.
1.4.5. REPOSICIÓN, REPARACIÓN Y MEJORA POR CONDICIONANTES CLIMATOLÓGICOS Y/O ACCIDENTES EXTRAORDINARIOS
-Reposición, reparación y mejora de daños por condiciones climatológicas y/o accidentes extraordinarios.
Se debe indicar que los trabajos recogidos en el apartado primero, son trabajos necesarios previos a los recogidos en los siguientes puntos, no siendo como tal trabajos que fundamenten la intervenciónpropuesta, salvo excepción que se estudiará de forma particular en fase de formación del Plan por los Servicios Técnicos de la Diputación Provincial.
2. DURACIÓN Y CARACTERÍSTICAS DE LAS INVERSIONES
2.1. El presente Plan Provincial tiene carácter plurianual, con una programación temporal de dos anualidades: 2022 y 2023.
2.2. Las actuaciones podrán tener la consideración anual o plurianual en función de los plazos de ejecución establecidos en el proyecto y en los pliegos que sirvan de base a su contratación.
2.3. La inclusión de las actuaciones en uno u otro año se realizará en función de los criterios establecidos en el presente Plan.
2.4. Las actuaciones deberán finalizarse dentro de los plazos establecidos en cada proyecto, y en todo caso, antes del 31 de diciembre de 2022 y 31 de diciembre de 2023 (según el año), sin perjuicio de las prorrogas que con carácter excepcional se puedan conceder.
3. BENEFICIARIOS
3.1. Podrán solicitar las inversiones reguladas en este Plan, todos municipios con una población inferior a 50.000 habitantes y las entidades locales autónomas de la provincia de Córdoba que tengan atribuidas competencias de conformidad con la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía. A estos efectos, se tendrán en cuenta únicamente las cifras oficiales de población de cada uno de los municipios y entidades locales autónomas vigentes.
3.2. Los municipios y entidades locales autónomas beneficiarias mantienen la condición de promotores, pudiendo ser titulares o beneficiarios públicos de las actuaciones, a cuyo efecto deben prestar la debida conformidad a los proyectos que se realicen, para que puedan ser licitados por la Diputación, o aprobarlos, en el caso de que sean contratados o ejecutados por ejecución directa por la entidad local.
3.3. En el caso de que la asignación de la inversión conlleve la concesión de aportación a la entidad local, no podrán ser beneficiarios aquellos ayuntamientos y entidades locales autónomas que no se hallen al corriente de pago de obligaciones por reintegro de cantidades en periodo ejecutivo con esta Diputación, en cuyo caso se considerará que el ayuntamiento o la entidad local autónoma se encuentra al corriente en el pago cuando las deudas estén aplazadas, fraccionadas o se hubiera acordado su suspensión con ocasión de la impugnación de la correspondiente resolución de reintegro.
4. PRESUPUESTO Y FINANCIACIÓN. APORTACIONES LOCALES ORDINARIAS Y EXTRAORDINARIAS
El presupuesto total del Plan Provincial, comprende, la aportación de la Diputación Provincial ascendente a la cantidad de 4.062.000,00 €, que se financiará con cargo a las aplicaciones presupuestarias correspondientes del Presupuesto de la Diputación de los ejercicios 2022 y 2023 y las aportaciones correspondientes de las Entidades Locales beneficiarias.
Las inversiones que se incluyen en el presente Plan Provincial se financiarán mediante aportaciones de la Diputación Provincial y de los municipios y entidades locales autónomas, beneficiarios.(Anexo I RELACIÓN ENTIDADES LOCALES E IMPORTE ASIGNADO).
5. CRITERIOS OBJETIVOS PARA LA DISTRIBUCIÓN DE LOS FONDOS
Con respecto a los Municipios, el presupuesto propio disponible para las inversiones previstas en el presente Plan por la Institución Provincial, se distribuirá entre los municipios beneficiarios considerando los criterios del Plan Provincial de Inversiones de Reposición y Mejora de Caminos Municipales para el Ejercicio 2022-2023. Con respecto a las Entidades Locales Autónomas, el presupuesto de la Diputación Provincial disponible para las inversiones previstas en el presente Plan, se distribuirá entre las entidades locales autónomas, en consonancia con el Plan Provincial de Caminos Rurales 2020-2021.
6. PROCEDIMIENTO PARA APROBACIÓN DEL PLAN
El procedimiento se regirá por los principios de transparencia y publicidad de las distintas actuaciones, y se compondrá de las siguientes fases:
6.1. El órgano competente de cada entidad local formulará, desde el día siguiente al de publicación del presente Plan en el Boletín Oficial de la Provincia y durante el plazo de TREINTA DÍAS, sus propuestas priorizadas, a través de solicitud firmada electrónicamente por el/la Alcalde/sa-Presidente/a de la Entidad, dirigidas a la Presidencia de la Excma. Diputación Provincial de Córdoba, presentándose de manera exclusiva a través del Registro Electrónico de la Diputación Provincial de Córdoba (http://www.dipucordoba.es/tramites), en los términos que expone el artículo 7º del Reglamento del Registro Electrónico, proporcionándose documento de acuse de recibo de la transacción realizada en los términos que refleja el artículo 6º del Reglamento citado. Las entidades locales presentarán su propuesta de inversiones priorizadas por un importe equivalente al recogido en anexo I al presente Plan.
La solicitud se realizará a través del correspondiente formulario electrónico cuyos datos figuran en el Anexo II, que se aprueba junto con este Plan conforme al artículo 3 del reglamento del registro Electrónico. Este formulario estará disponible desde el primer día en que sea posible la tramitación en la Sede Electrónica de la Diputación de Córdoba:
(http://www.dipucordoba.es/tramites).
Las solicitudes irán acompañadas de la siguiente documentación:
a) Certificación del acuerdo/resolución adoptado por el órgano de la entidad local competente, que debe incluir la actuación o actuaciones solicitadas, por orden de prioridad, mediante compromiso de consignación de aportación local obligatoria y, en su caso, el compromiso de consignación de aportación local extraordinaria.
-Asimismo, las Entidades Locales con una población inferior a 10.000 habitantes deberán indicar el sistema de ejecución por el que opta: contratación por la Diputación, contratación por la entidad local, ejecución directa por la propia entidad local o a través de encargos a medios propios personificados.
-Las Entidades Locales con una población igual o superior a 10.000 habitantes deberán indicar el sistema de ejecución por el que opta: contratación por la entidad local, ejecución directa por la propia entidad local o a través de encargos a medios propios personificados.
b) Memoria técnica valorada/ Proyecto que defina las características esenciales de las actuaciones,indicando si están destinadas a servicios locales de carácter obligatorio. Esta memoria/proyecto será redactado por los Servicios Técnicos de la entidad local o, en caso de solicitarlo por carecer de medios suficientes, por los Servicios Técnicos de la Diputación, debiendo hacerlo constar en la solicitud del Anexo II.
c) Certificación acreditativa de la titularidad del ente competente y de la plena disponibilidad de losterrenos para la ejecución de las obras o prestación de los servicios, indicando la clasificación del suelo.
d) En el caso de que se solicite la ejecución directa por la Administración Pública con la colaboración de empresarios particulares o a través de medios propios no personificados, además deberá aportar:
-Informe de los Servicios Técnicos municipales que acredite la posibilidad de acometer la obra por este sistema de ejecución.
-Certificado de la Secretaría de la Entidad Local relativo al supuesto al que se acoge de los previstos en el artículo 30 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
-Presupuesto desglosado entre mano de obra, materiales, maquinaria, así como de subcontrataciones con colaboradores que no podrá sobrepasar lo previsto en el artículo 30 de la LCSP.
En ningún caso se considerarán subvencionables los gastos de personal de estructura (nomina, cotizaciones a la Seguridad Social, etc) o gastos de funcionamiento general de la entidad local (teléfono, electricidad, material de oficina, etc) ni imputaciones proporcionales de los mismos.
e) En el caso de que se solicite la ejecución a través de encargos a medios propios personificados:
-Informe de los Servicios Técnicos municipales que acredite la posibilidad de acometer la obra por este sistema de ejecución.
-Certificado de la Secretaría de la Entidad Local del Acuerdo o Resolución del encargo al medio propio personificado, en el que se incluya el contenido del mismo.
-Certificado de la Secretaría de de la Entidad Local de que el medio propio personificado cumple todos y cada uno de los requisitos que se establecen en el artículo 32.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
-Presupuesto desglosado entre mano de obra, materiales, maquinaria, así como de subcontrataciones con terceros, atendiendo a lo prevenido en el artículo 32.7 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
No serán admitidas a trámite las solicitudes que se presenten fuera del plazo establecido en la convocatoria.
MODIFICACIONES DEL PLAN
Una vez aprobado definitivamente el Plan y las actuaciones financiadas a través del mismo, no se admitirán modificaciones, salvo aquellos casos debidamente justificados, que serán apreciados por la Diputación Provincial. Cualquier modificación requerirá el cumplimiento de los mismos trámites seguidos para su aprobación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 32.5 del TR/86.
ANEXO I
RELACIÓN ENTIDADES LOCALES E IMPORTE ASIGNADO
ENTIDAD LOCAL |
SUBVENCIÓN DIPUTACIÓN |
APORTACIÓN MUNICIPAL |
TOTAL |
Adamuz |
59.210 |
11.842 |
71.052 |
Aguilar de la Frontera |
48.062 |
16.822 |
64.884 |
Alcaracejos |
50.402 |
5.040 |
55.442 |
Almedinilla |
60.492 |
12.098 |
72.590 |
Almodóvar del Río |
42.307 |
12.692 |
54.999 |
Añora |
46.792 |
4.679 |
51.471 |
Baena |
59.877 |
20.957 |
80.834 |
Belalcázar |
56.764 |
11.353 |
68.117 |
Belmez |
48.396 |
9.679 |
58.075 |
Benamejí |
52.866 |
10.573 |
63.439 |
Blázquez (Los) |
45.235 |
4.523 |
49.758 |
Bujalance |
48.718 |
14.615 |
63.333 |
Cabra |
52.493 |
20.997 |
73.490 |
Cañete de las Torres |
48.438 |
9.688 |
58.126 |
Carcabuey |
49.660 |
9.932 |
59.592 |
Cardeña |
68.099 |
6.810 |
74.909 |
Carlota (La) |
53.311 |
18.659 |
71.970 |
Carpio (El) |
40.924 |
8.185 |
49.109 |
Castro del Río |
56.321 |
16.896 |
73.217 |
Conquista |
38.676 |
3.868 |
42.544 |
Doña Mencía |
76.449 |
15.290 |
91.739 |
Dos Torres |
44.310 |
8.862 |
53.172 |
Encinas Reales |
61.791 |
12.358 |
74.149 |
Espejo |
61.278 |
12.256 |
73.534 |
Espiel |
62.362 |
12.472 |
74.834 |
Fernán-Núñez |
52.179 |
15.654 |
67.833 |
Fuente la Lancha |
41.281 |
4.128 |
45.409 |
Fuente Obejuna |
74.020 |
14.804 |
88.824 |
Fuente Palmera |
50.865 |
15.260 |
66.125 |
Fuente-Tójar |
61.710 |
6.171 |
67.881 |
Granjuela (La) |
41.923 |
4.192 |
46.115 |
Guadalcázar |
41.712 |
4.171 |
45.883 |
Guijo (El) |
40.864 |
4.086 |
44.950 |
Hinojosa del Duque |
71.905 |
21.571 |
93.476 |
Hornachuelos |
88.038 |
17.608 |
105.646 |
Iznájar |
61.052 |
12.210 |
73.262 |
Lucena |
66.366 |
26.546 |
92.912 |
Luque |
48.473 |
9.695 |
58.168 |
Montalbán de Córdoba |
47.998 |
9.600 |
57.598 |
Montemayor |
50.695 |
10.139 |
60.834 |
Montilla |
59.776 |
23.911 |
83.687 |
Montoro |
67.429 |
20.229 |
87.658 |
Monturque |
52.227 |
5.223 |
57.450 |
Moriles |
49.899 |
9.980 |
59.879 |
Nueva Carteya |
54.519 |
16.356 |
70.875 |
Obejo |
49.605 |
4.961 |
54.566 |
Palenciana |
56.100 |
5.610 |
61.710 |
Palma del Río |
53.705 |
21.482 |
75.187 |
Pedro Abad |
33.709 |
6.742 |
40.451 |
Pedroche |
43.032 |
4.303 |
47.335 |
Peñarroya-Pueblonuevo |
41.332 |
14.466 |
55.798 |
Posadas |
39.401 |
11.820 |
51.221 |
Pozoblanco |
54.428 |
19.050 |
73.478 |
Priego de Córdoba |
63.993 |
25.597 |
89.590 |
Puente Genil |
46.647 |
18.659 |
65.306 |
Rambla (La) |
42.515 |
12.754 |
55.269 |
Rute |
58.224 |
17.467 |
75.691 |
San Sebastián de los Ballesteros |
51.500 |
5.150 |
56.650 |
Santaella |
58.763 |
11.753 |
70.516 |
Santa Eufemia |
46.191 |
4.619 |
50.810 |
Torrecampo |
48.787 |
4.879 |
53.666 |
Valenzuela |
56.497 |
5.650 |
62.147 |
Valsequillo |
45.046 |
4.505 |
49.551 |
Victoria (La) |
45.493 |
9.099 |
54.592 |
Villa del Río |
50.344 |
15.103 |
65.447 |
Villafranca de Córdoba |
46.572 |
9.314 |
55.886 |
Villaharta |
35.871 |
3.587 |
39.458 |
Villanueva de Córdoba |
61.992 |
18.597 |
80.589 |
Villanueva del Duque |
50.966 |
5.097 |
56.063 |
Villanueva del Rey |
47.977 |
4.798 |
52.775 |
Villaralto |
42.875 |
4.287 |
47.162 |
Villaviciosa de Córdoba |
68.592 |
13.718 |
82.310 |
Viso (El) |
52.480 |
10.496 |
62.976 |
Zuheros |
50.867 |
5.087 |
55.954 |
Fuente Carreteros |
47.609 |
4.761 |
52.370 |
La Guijarrosa |
52.723 |
5.272 |
57.995 |
TOTALES |
4.000.000 |
851.363 |
4.851.363 |
RELACIÓN ENTIDADES LOCALES AUTÓNOMAS E IMPORTE ASIGNADO
ENTIDAD LOCAL AUTÓNOMA |
APORTACIÓN DIPUTACIÓN |
APORTACIÓN ELA |
TOTAL |
Castil de Campos |
18.500 |
1.850 |
20.350 |
Algallarín |
23.000 |
2.300 |
25.300 |
Encinarejo |
20.500 |
2.050 |
22.550 |
Ochavillo del Río * |
-- |
-- |
-- |
TOTALES |
62.000 |
6.200 |
68.200 |
* Los importes de las ELAS señaladas serán determinados, en su caso, con la presentación de la documentación requerida conforme a los criterios establecidos en el presente Plan.
Córdoba, 25 de enero de 2022. Firmado electrónicamente por el Presidente de la Diputación Provincial de Córdoba, Antonio Ruiz Cruz.