Boletín nº 3 (07-01-2010)
VII. Otras Entidades
Gerencia Municipal de
Urbanismo
Servicio de Planeamiento
Córdoba.
Nº. 12.296/2009
El Consejo Rector de la Gerencia Municipal de Urbanismo de Córdoba en sesión celebrada el día 9 de noviembre de 2009, adoptó el siguiente acuerdo:
PRIMERO: Desestimar la alegación presentada por D. Rafael Pedrajas Pavón por los motivos que se contienen en el Informe del Servicio de Planeamiento de fecha 5.11.2009, de cuyo contenido habrá de darse traslado como motivación de la Resolución.
SEGUNDO: Aprobar definitivamente los Estatutos y Bases de la Junta de Compensación y los Estatutos de la Entidad de Conservación de la U.E. 3 del PP PO-5.2 Cortijo El Rubio del P.G.O.U. de córdoba, presentados por propietarios de las fincas incluidas en la U.E. 3 PP PO-5.2 que representan el 89,2423 % de la superficie de dicha Unidad de Ejecución.
TERCERO: Aprobar el aplazamiento de la prestación de garantía del 7 % prevista en el artículo 130.2.g de la LOUA, hasta la constitución de la Junta de Compensación, que se habrá de depositar con carácter previo a la remisión del acuerdo de aprobación de la constitución de la Junta de Compensación, formalizada en escritura pública, a la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y urbanismo, para su inscripción en el Registro de Entidades Urbanísticas Colaboradoras.
CUARTO: Publicar el acuerdo de aprobación definitiva en el B.O.P
QUINTO: Notificar personalmente a todos los interesados requiriendo a los que no lo hubiesen hecho, para que soliciten su incorporación a la Junta de Compensación en el plazo de UN MES, contado desde la notificación, con la advertencia de reparcelación forzosa o de expropiación, según proceda.
SEXTO: Requerir a los propietarios que se hubiesen incorporado para que constituyan la Junta de Compensación mediante Escritura Pública, en la que designarán los cargos del Consejo Rector, que habrán de recaer necesariamente en personas físicas.
SEPTIMO: La incorporación de la Gerencia Municipal de Urbanismo del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba a la Junta de Compensación, como titular de los bienes comprendidos en el ámbito de la Unidad de Ejecución, nombrando a su Presidente para que se integre en la misma en defensa de los intereses municipales. D. Francisco Tejada Gallegos para que se integre en la misma en defensa de los intereses municipales, y como miembro del Órgano Rector para llevar a cabo las labores de control y fiscalización
OCTAVO: Designar como representante municipal en la Asamblea y en el Consejo Rector de la Junta de Compensación a D. Francisco Tejada Gallegos.
NOVENO: Notificar la presente Resolución al promotor y demás interesados en el expediente, indicándoles los recursos que contra esta Resolución, en su caso, procedan.
En Córdoba, 23 de Noviembre de 2009.- EL GERENTE, Francisco Paniagua Mechan.
BASE 22º - CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS FINCAS RESULTANTES.
Las fincas resultantes se valoraran en función del aprovechamiento de la Unidad de Ejecución. Los terrenos destinados a edificación o aprovechamiento privado, adjudicables a los miembros de la Junta, se valoraran teniendo en cuenta la edificabilidad de cada parcela resultantes, según el aprovechamiento asignado, y el valor asignado de cada metro cuadrado de techo.