Boletín nº 19 (02-02-2010)
I. Administración General del Estado
Ministerio de
Política Territorial
Subdelegación del Gobierno en Córdoba
Nº. 317/2010
Intentada la notificación en el último domicilio conocido del ciudadano/a extranjero/a ADEL BEDDIDI, nacional de MARRUECOS, con NIE X-3298548A, y nº de expte. 140020090002978 sin que haya sido posible practicarla, se procede a realizarla a través del presente anuncio, dando con ello cumplimiento a el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 14 de enero. La Resolución y la correspondiente tasa obran en la Oficina de Extranjeros de la Subdelegación del Gobierno en Córdoba.
El objeto de la notificación es una Resolución de la Oficina de Extranjeros que copiada literalmente dice lo siguiente:
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, y 71 y siguientes del Reglamento de la citada Ley Orgánica, aprobado por el Real Decreto 2393/2004, de 30 de diciembre, el Subdelegado del Gobierno en Córdoba, en virtud de las competencias que le son atribuidas por la Disposición adicional primera del Real Decreto indicado, RESUELVE CONCEDER autorización de residencia permanente en los siguientes términos: Autorización de residencia PERMANENTE VALIDEZ: 12/09/2014
EXPEDICIÓN DE TARJETA DE IDENTIDAD DE EXTRANJERO
Según establece el apartado 6 del artículo 73 del RD. 2393/2004 el extranjero deberá solicitar personalmente en la Comisaría de Policía correspondiente, la tarjeta de identidad, para lo cual deberá esperar la oportuna citación de dicho Organismo, aportando la presente resolución, el pasaporte y dos fotografías tamaño carné.
TASAS
Conforme establece la Orden PRE/3654/2007, de 14 de diciembre, deberá ingresar en el Tesoro Público las cantidades que se indican a continuación a través de las entidades colaboradoras de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (Bancos, Cajas de Ahorro, etc.), correspondientes a la tasa por expedición de la autorización de residencia. Se adjunta a tal efecto el impreso de autoliquidación (modelo 790), debiendo remitirse a este Centro el ejemplar para la Administración en el plazo de QUINCE DIAS desde la fecha de efectuarse el pago.
" TASA POR EXPEDICIÓN DE AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA: 20.40 €
Se recuerda que, según lo dispuesto en el apartado Tercero. 4 de la Orden PRE/3654/2007 citada, el período de pago voluntario para el abono de la tasa es de UN MES desde la notificación de la concesión de la autorización administrativa. El vencimiento del plazo indicado determinará el inicio del período ejecutivo.
RECURSOS
Esta Resolución no pone fin a la vía administrativa y contra la misma cabe interponer, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional décima del Real Decreto 2393/2004, de 30 de diciembre, un recurso de alzada ante este Órgano o ante el Delegado del Gobierno en Andalucía, de acuerdo con los artículos 107 Y 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, en el plazo de UN MES, contado desde el día siguiente a la fecha en que se notifique la presente Resolución y prorrogándose al primer día hábil siguiente, cuando el último se inhábil.
Mediante este documento, de conformidad con lo dispuesto en el arto 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, se notifica la presente resolución Se entiende como fecha de notificación la de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.
Córdoba, 11 de noviembre de 2009. El Subdelegado del Gobierno. Jesús María Ruiz García.EL SECRETARIO GENERAL fdo: José Antonio Caballero León.