Boletín nº 20 (03-02-2010)
I. Administración General del Estado
Ministerio de Trabajo e
Inmigración
Servicio Público de Empleo Estatal
Dirección Provincial
Córdoba.
Nº. 424/2010
Tras el examen realizado por esta Dirección Provincial, se ha comprobado el incumplimiento por parte de esa Empresa de sus obligaciones respecto al / la trabajador/a D./Doña Mª Dolores Maestre Montilla, en cuanto a:
Falta cotización 180 últimos días trabajados para el cálculo de la base reguladora.
Ello supone una responsabilidad de esa empresa de 4.280,32 € , por el reconocimiento de una prestación por desempleo, cuyo titular es el mencionado trabajador, y que asciende a una cuantía de 4.280,32 € , correspondiente al período de 17/07/09 a 15/03/10 , todo ello de acuerdo con el artículo 220 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/94 de 20 de junio (BOE núm. 154 de 29 de junio).
Si está de acuerdo con la presente notificación, podrá ingresar la cantidad señalada en Caja Madrid, en la cuenta número 20389810176000179362 de Recursos Diversos Provinciales de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social, comunicando tal ingreso a la Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo, mediante el correspondiente justificante de Caja Madrid.
De no estar de acuerdo dispone, de acuerdo con lo dispuesto en la letra b) del núm. 1 del art. 32 del Real Decreto 625/85, de 2 de abril (BOE nº 109, de 7 de mayo), del plazo de 10 días a partir de la notificación de la presente comunicación para formular por escrito las alegaciones que estime pertinentes. Transcurrido dicho plazo, se emitirá la correspondiente Resolución.
Por otro lado, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 42.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con la redacción dada por la Ley 4/99, de 13 de enero, y en la Orden de 14 de abril de 1999, de desarrollo de dicho artículo, se le comunica también lo siguiente:
El número del expediente que se inicia con esta comunicación es: 14110163705.
El Servicio Público de Empleo Estatal, de acuerdo con el art.42.3 de la citada Ley 30/92, dispone de un plazo de tres meses, desde la fecha del presente acuerdo, para notificarle la resolución pertinente. Transcurrido dicho plazo, según lo establecido en el art. 44.2 de la misma Ley, se producirá la caducidad del procedimiento y se ordenará el archivo de las actuaciones, sin perjuicio de que el S.P.E.E. pueda instar el inicio de un nuevo procedimiento, si la acción no hubiera prescrito.
Para cualquier información relativa al estado de su expediente podrá dirigirse a esta Unidad Administrativa.
Córdoba a 16 de noviembre de 2009.-EL DIRECTOR PROVINCIAL DEL S.P.E.E., Fdo. Rogelio Borrego Martínez.