Boletín nº 26 (11-02-2010)

III. Junta de Andalucia

Consejería de Empleo
Delegacíón Provincial
Sección de Relaciones Colectivas
Córdoba

Nº. 659/2010

Convenio Colectivo 14-0107-2

   Visto el texto del Convenio Colectivo suscrito el día 27 de noviembre de 2009, entre la representación legal de la empresa «INSTITUTO MUNICIPAL DE DEPORTES DE CÓRDOBA» y sus trabajadores, y de conformidad a lo establecido en el artículo 90 del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1.040/1981, de 22 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo, esta Autoridad Laboral, sobre la base de las competencias atribuidas en el Real Decreto 4.043/1982, de 29 de diciembre, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de Trabajo, el Decreto del Presidente de la Junta de Andalucía 3/2009, de 23 de abril, sobre reestructuración de Consejerías y el Decreto 170/2009, de 19 de mayo, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Empleo y del Servicio Andaluz de Empleo.

ACUERDA

   Primero. Ordenar su inscripción en el Registro correspondiente y su remisión para su depósito al Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación, con comunicación de ambos extremos a la Comisión Negociadora.

   Segundo. Disponer la publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia.

   Córdoba, 18 de enero de 2010. El Delegado Provincial de Trabajo, Antonio Fernández Ramírez.

Comisión de Negociación del Convenio Colectivo del Personal del Instituto Municipal de Deportes de Córdoba  

Acta de Constitución; nº 1/2009.  

Siendo las 13:15 horas del día 19 de mayo de 2.009, se reúnen las personas que se relacionan a continuación en la Sala de Juntas del IMD con objeto de constituir la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo del Personal del IMD de Córdoba. 

Por parte de la empresa: D. Alfonso Igualada Pedraza, Presidente IMDECO

D. Domingo García Pérez, Consejo Rector

Dña. Mª Luisa Gómez Calero, Gerente 

Por la parte social: Dña. Mª Teresa Sánchez Delgado, Presidenta Comité Empresa D. Jorge Jiménez Molero, Secretario Comité Empresa

Dña. Mª Victoria Canovaca Ruano, Comité de Empresa

D. Juan Manuel Canto Haro, Comité de Empresa

Dña. Carmen Carmona Jiménez, Comité de Empresa 

Delegados Sindicales:

Dña. Flora Nadales Sánchez, Delegada Sindical UGT

Dña. Mª José Serrano Priego, Delegada Sindical CSI-CSIF

D. Pedro Urbano Amíl, Delegado Sindical CC.OO. 

Disculpa su asistencia D. Antonio Pérez Lucena, Delegado Sindical CTA. 

Dándose por constituida; se adoptan las siguientes normas de funcionamiento de la Comisión Negociadora:

1.- Como Presidente actuará el Presidente del IMDECO.

2.- Como Secretario actuará el Técnico de Gestión del Servicio de Administración, Rafael Bernal.

3.- Las actas recogerán únicamente los acuerdos que se adopten, incorporándose tan sólo aquellas intervenciones que se soliciten o se aporten por escrito.

4.- Las actas serán firmadas, tras su aprobación en la reunión siguiente, por el Presidente del IMDECO y la del Comité de Empresa.

5.- Calendario de reuniones:

Se acuerda iniciar con un reunión semanal en junio; y según el desarrollo de la negociación, pasar a dos reuniones semanales en el mes de julio.

La primera tendrá lugar el próximo día 3 de junio a las 12 horas, en la Sala de Reuniones en IDM Lepanto. 

El Comité de Empresa aporta como borrador de convenio colectivo, el documento que ya se remitió el año pasado para iniciar la negociación en aquel momento. 

El Presidente de IMDECO expone que en la primera reunión se concretarán los puntos a negociar, siendo deseable que la negociación se desarrollara por bloques. 

Sin más asuntos que tratar se levanta la sesión a las 13:35 horas del día de la fecha. 

PRESIDENTE IMDECO PRESIDENTA COMITÉ EMPRESA  SECRETARIO Firma ilegible

Comisión de Negociación del Convenio Colectivo del Personal del Instituto Municipal de Deportes de Córdoba  

Acta nº 13/2009.  

Siendo las 12:45 horas del día 27 de noviembre de 2.009, se reúnen las personas que se relacionan a continuación en la Sala de Juntas del IMD con objeto de mantener reunión de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo del Personal del IMD de Córdoba. 

Por parte de la empresa: D. Alfonso Igualada Pedraza, Presidente

D. Domingo García Pérez, Consejo Rector

Dña. Mª Luisa Gómez Calero, Gerente 

Por la parte social: Dña. Mª Teresa Sánchez Delgado, Presidente C. Empresa

D. Jorge Jiménez Molero, Secretario Comité Empresa

Dña. Mª Victoria Canovaca Ruano, Comité de Empresa

D. Juan Manuel Cantó Haro, Comité de Empresa 

Delegados Sindicales:

Dña. Mª José Serrano Priego, Delegada Sindical CSIF-CSI 

Excusa su asistencia, Dña. Mª Carmen Carmona Jiménez, Comité de Empresa. 

Actúa como Secretario el que suscribe, Rafael Bernal Pastor, Técnico de Gestión del Servicio de Administración. 

Se procede al estudio y, en su caso, aprobación y firma de las actas nº 11 y 12, de 18 y 20 de noviembre, respectivamente.

Mostrándose las Partes conforme con su contenido se aprueban y firman. 

Antes de procederse a la firma, en su caso, del texto resultante de la negociación, interviene D. Jorge Jiménez manifestando que su sindicado CSIF-CSI no firmará el documento ya que no han sido atendidas ninguna de sus reivindicaciones tal y como ha quedado recogido en actas anteriores. 

La Gerente muestra su predisposición abierta a todas las propuestas, y en concreto al estudio de reestructuración de la categoría de Técnico acuático, la cual no ha tenido acuerdo respaldo por el Comité de Empresa, por lo que no se ha avanzado en ella. 

Así, ajustándose el texto a lo aprobado por ambas partes, se procede a la firma del documento, por duplicado en páginas numeradas del 1 al 66, por todos los miembros de la Comisión de Negociación, con excepción de D. Jorge Jiménez, como se ha expuesto anteriormente. 

El texto articulado se elevará al Consejo Rector de IMDECO para su aprobación y posterior traslado a la Junta de Gobierno Local para su ratificación. 

Posteriormente se remitirá al SMAC para su registro y depósito, así como su publicación en el BOP.

Sin más asuntos que tratar, se levanta la sesión a las 13:25 horas del día de la fecha 

PRESIDENTE IMDECO PRESIDENTA COMITÉ EMPRESA  SECRETARIO Firma ilegible

  CONVENIO COLECTIVO DEL PERSONAL DEL INSTITUTO MUNICIPAL DE DEPORTES DE CORDOBA 2009-2011 

CAPITULO I.- CONDICIONES GENERALES.

Art .1.-AMBITO FUNCIONAL 

El presente Convenio regula las condiciones laborales en todos los Centros de Trabajo del Instituto Municipal de Deportes de Córdoba, considerándose como tales los existentes en el momento de la adopción del presente acuerdo y cuantos en lo sucesivo se establezcan.  

Art. 2.- AMBITO PERSONAL  

El presente Convenio afecta a todo el personal al servicio del Instituto Municipal de Deportes de Córdoba integrado en plantilla laboral, bien con carácter fijo, fijo discontinuo, interino o temporal.  

Art.3.- AMBITO TEMPORAL: VIGENCIA, DURACIÓN, PRÓRROGA Y DENUNCIA.  

1.- El presente Convenio entrará en vigor al día siguiente de su aprobación por el Órgano de Gobierno del Instituto Municipal de Deportes de Córdoba que corresponda, teniendo este Órgano la obligación de aprobarlo o desestimarlo de forma ineludible siempre y cuando los plazos de convocatoria así lo permitan, en el siguiente Consejo Rector que se celebre desde su firma con el Comité de Empresa, Tendrá una duración desde el 1 de Enero de 2.009 al 31 de Diciembre de 2.011 Aplicándose con carácter retroactivo al 1 de Enero de 2.009.  

2.- Será tácitamente prorrogado de año en año a menos que cualquiera de las partes lo denuncie, sin perjuicio de las adaptaciones que se introduzcan en materia de retribuciones para cada ejercicio económico, previa negociación y acuerdo.  

3. - La denuncia proponiendo la revisión del presente Convenio deberá efectuarse con una antelación mínima de un mes a la fecha de su vencimiento, por una de las partes firmantes ante la otra.  

4. - En el plazo de treinta días hábiles contados desde la fecha de la presentación de la denuncia, la parte denunciante vendrá obligada a presentar un proyecto en el que consten los motivos de la denuncia y los puntos a deliberar, constituyéndose la Comis

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