Boletín nº 37 (26-02-2010)
I. Administración General del Estado
Ministerio de Fomento
Dirección General de Carreteras
Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía
Occidental
Unidad de Carreteras
Córdoba
Nº. 1.614/2010
Refª Proyecto: 12-CO-4021
Expediente de expropiación forzosa motivado por las obras del proyecto "OBRAS COMPLEMENTARIAS EN LA AUTOVÍA DE MÁLAGA A-45. TRAMO: ENCINAS REALES(S)-BENAMEJÍ(S).
Habiéndose recibido el libramiento para el pago de los Mutuos Acuerdos de la obra de la referencia, se avisa a los interesados que figuran en la relación adjunta, a fin de que se personen en el lugar, fecha y hora que figura en la misma relación, para proceder al abono de dichos Mutuos Acuerdos.
LUGAR: Ayuntamiento de Benamejí
FECHA: Viernes, 5 de Marzo de 2010
FINCA Nº.- NOMBRE Y APELLIDO DEL TITULAR.- HORA
14-100.0075; LARA ESTEPA, CARMEN; 10:00
14-100.0076; CONTRERAS GALVEZ, VICTORIA. CARMONA PARRA, CASTO; 10:00
14-100.0124; PEREZ VICO JIMÉNEZ, MANUELA. GOMEZ LEIVA, RAFAEL; 10:00
14-100.0318; HIDALGO RODA, JOSE. HIDALGO RODA, ANTONIO MANUEL; 10:00
14-100.0500; PEREZ VICO JIMÉNEZ, MANUELA. GOMEZ LEIVA, RAFAEL; 10:00
14-100.0501; TORRES GOMEZ, LUISA. TORRES GOMEZ, JOSE. TORRES GOMEZ, DOLORES. TORRES GOMEZ, CARMEN. TORRES ARJONA, JOSE; 10:00
14-100.0504; HIDALGO RODA, MANUEL. HIDALGO CAMPOS, PURIFICACION. HIDALGO CAMPOS, Mª JOSE. HIDALGO CAMPOS, ANTONIO; 10:00
Deberán comparecer todos los titulares de derechos afectados con su D.N.I. (Documento Nacional de Identidad); en caso de no poder asistir al acto de pago podrán ser representados por persona provista de poder notarial, ya sea general, ya especial, para este acto, identificándose la persona con la documentación oportuna (Documento Nacional de Identidad), como previene el Artículo 49.4 del Reglamento, de 26 de Abril de 1954, de la Ley de Expropiación Forzosa.
En caso de herederos, se acreditará su calidad como tales con los Documentos Públicos (testamento, declaración de herederos, escritura de partición, etc.) y estar todos ellos presentes o contar con el apoderamiento de los ausentes, así como haber pagado el Impuesto sobre Sucesiones.
En caso de ser arrendatario, deberá presentar contrato de arrendamiento y últimos recibos de pago de dicho arrendamiento.
Se le significa que si la finca estuviera gravada por alguna carga, deberá ser acreditada su liberalización antes del pago.
En el caso de que deseen cobrar por transferencia deberán solicitarlo, al Organismo competente, debiendo ser recibido antes de la fecha indicada para el pago, enviando la siguiente documentación:
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Solicitud de transferencia firmada por todos los propietarios
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Fotocopia del DNI de todos los propietarios
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Certificado bancario de una cuenta a nombre de todos los propietarios
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Nota simple actual del Registro de la Propiedad
Córdoba, 9 de febrero de 2010.- EL REPRESENTANTE DE LA ADMINISTRACION, Miguel Lovera Sánchez de Puerta.