Boletín nº 39 (03-03-2010)

I. Administración General del Estado

Ministerio de Política Territorial
Subdelegación del Gobierno en Córdoba

Nº. 1.459/2010

Intentada la notificación en el último domicilio conocido del ciudadano/a extranjero/a Rosalina Maribel Zambrano Gómez, nº de expte. 149920090001533 sin que haya sido posible practicarla, se procede a realizarla a través del presente anuncio, dando con ello cumplimiento al artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 14 de enero.

El objeto de la notificación es un escrito de la Oficina de Extranjeros que copiado literalmente dice lo siguiente:

En relación con su solicitud de autorización de residencia, presentada en este Organismo con fecha 17/11/2009 y examinada la documentación en base a los artículos art. 71.1 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. de 27-11-1992), se observa la falta de presentación de los documentos abajo reseñados, que deberá aportar en el plazo de Diez días desde la recepción de esta comunicación, de conformidad con lo prevenido en los citados artículos, de no aportar los documentos se le tendrá por desistido de la petición y se producirá el archivo del expediente.

Conforme a lo establecido en el arto 42.5 a) de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el plazo para resolver y notificar la autorización de referencia quedará suspendido desde la notificación del presente requerimiento hasta el efectivo cumplimiento o en su defecto, el transcurso del plazo concedido.  

Se entiende como fecha de notificación la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia.

Documentación Requerida.

  • Consta un informe negativo suministrado telepáticamente por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, por lo que deberá aportarse un certificado del cumplimiento de las obligaciones tributarias.

Justificante de encontrarse al corriente en el pago de las cuotas de la Seguridad Social.

En Córdoba, a 14 de enero de 2010.- El Secretario General, José Antonio Caballero León.

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