Boletín nº 40 (04-03-2010)
V. Administración Local
Ayuntamiento de Adamuz
Nº. 1.431/2010
El Alcalde-Presidente-Presidente del Ayuntamiento de Adamuz (Córdoba) hago saber:
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública la notificación de la resolución recaída en el expediente sancionador que se indica, instruido por el Ayuntamiento de Adamuz, a la persona o entidad denunciada que a continuación se relaciona, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.
Contra esta resolución que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante el Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Adamuz en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la presente publicación o bien, recurso contencioso-administrativo ate el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, conforme a lo dispuesto en el art. 46 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Contra el acto que resuelva el recurso de reposición podrá interponer igualmente recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a aquel en que se notifique la resolución expresa del recurso de reposición. Si no se hubiese resuelto expresamente dicho recurso, será de aplicación el régimen de actos presuntos a tal efecto regulado en el art. 46 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.
El pago de la multa impuesta se efectuará dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de su firmeza, conforme a lo dispuesto en el articulo 21.1 del R.D. 320/1994, de 25 de febrero y 84.1 del R.D.L. 339/1990, de 2 de marzo.
El expediente correspondiente obra en el Negociado de Sanciones del Ayuntamiento de Adamuz (Córdoba
Expediente.- Denunciado.- DNI.- Localidad.- Fecha.- Cuantía.- Precepto Infringido.
145/09; Pedro Aguilar Morales; 30.824.439; Adamuz; 29/09/09; 90.00 €; ART. 154 R.G.C.
150/09; Pedro Aguilar Morales; 30.824.439; Adamuz; 09/10/09; 90.00 €; ART. 154 R.G.C.
En Adamuz, a 10 de Febrero de 2.010.- El Alcalde-Presidente, firma ilegible.