Boletín nº 42 (08-03-2010)
I. Administración General del Estado
Ministerio de Trabajo e
Inmigración
Dirección Provincial del INSS
Córdoba
Nº. 1.561/2010
D. JOSE MARIA CHICA YEGUAS, DIRECTOR PROVINCIAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN CORDOBA, hace saber:
Que la Dirección Provincial del INSS ha comunicado al trabajador Dña. MANUEL MURILLO BECERRA( expte. 2010/0021) resolución de prestaciones indebidamente percibidas en concepto de Incapacidad Temporal por un total de 3.882,59.-€, y durante el período del 20-3-2009 al 30-9-2009, ya que en el subsidio de I.Temporal derivado de su baja médica de 17-3-2009 debió serle extinguido el 17-3-2009 según oficio de la Inspección Provincial de Trabajo que constata la connivencia entre empresa y trabajador de acuerdo con el Art. 45 del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio.
Que habiendo sido devuelta por el servicio de correos la resolución arriba indicada, correctamente remitida al domicilio de dicho trabajador, se publica el presente en virtud de lo dispuesto en el artículo 59,4ª de la Ley del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común 30/1992 de 26 de noviembre (BOE núm. 285 de 27-11-92) para que sirva de notificación al interesado, haciéndole saber que, en caso de disconformidad podrá interponer ante esta Entidad reclamación previa contra dicha resolución, en el plazo de 30 días a partir de la publicación del presente anuncio, transcurrido el cual, sin haberse ejercitado la misma, esta Entidad dará traslado de lo actuado a la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social para que proceda por vía reglamentaria.
Córdoba, 10 de febrero de 2010.- El Director Provincial, José María Chica Yeguas.