Boletín nº 42 (08-03-2010)
VI. Administración de Justicia
Juzgado de
Instrucción Número 2
Córdoba
Nº. 1.589/2010
D./Dña. Enrique De Juan López Secretario del Juzgado de Instrucción número 2 de Córdoba, doy fe y testimonio:
Que en el Juicio de Faltas nº 111/2009 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
En Córdoba, a trece de enero de dos mil diez. Vistos por mí, José Yarza Sanz, Magistrado-Juez del Juzgado de instrucción número dos de los de esta capital los presentes autos de Juicio de Faltas en los que han sido parte el Ministerio Fiscal, en ejercicio de la acusación pública, así como Luisa Concepción Verón Ríos, ya circunstanciados en el presente procedimiento número 111/09 por desobediencia a agentes de la autoridad.
Que absuelvo a Luisa Concepción Verón Ríos de las imputaciones que en un principio se dirigían contra ella, con declaración de las costas de oficio.
Remítase testimonio íntegro de esta causa a la sección de discapacidades de la Fiscalía de Córdoba para que pueda, en el ámbito de sus competencias, solicitar las medidas que sean necesarias para la protección de la denunciada.
Contra la resolución cabe interponer recuso de apelación ante este Juzgado en el plazo de cinco días desde la notificación, recurso que habrá de presentarse por escrito, con expresión de los requisitos contemplados en los artículos 790 a 792 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, y que se sustanciará ante la Iltma. Audiencia Provincial. Publíquese. Llévese el original de la presente resolución al libro de sentencias del Juzgado, dejando testimonio en los autos.
Así por esta mi sentencia, de la que llevará testimonio a la causa de su razón, la pronuncio, mando y firmo.
Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a Luisa Concepción Verón Ríos, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia, expido la presente
En Córdoba, a 14 de enero de 2010.- El Secretario, Enrique De Juan López.