Boletín nº 42 (08-03-2010)
V. Administración Local
Ayuntamiento de Montoro
Nº. 1.622/2010
Por este Excmo. Ayuntamiento en sesión plenaria del pasado veintisiete de enero se ha prestado aprobación al siguiente:
CONVENIO DE COLABORACION ENTRE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN A DISTANCIA Y EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE MONTORO
En Madrid y Montoro (Córdoba) a 27 de enero de 2010
REUNIDOS:
DE UNA PARTE, el Excmo. y Magnifico Señor Don Juan Antonio Gimeno Ullastre, Rector de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, en virtud delo expuesto en el artículo 20.1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (B.O.E. de 20 de diciembre) y el artículo 35.1 de los Estatutos de la UNED, aprobados por el Real Decreto 1287/1986 de 21 de febrero (B.O.E. de 28 de marzo) en relación con el Real Decreto de nombramiento 1468/2005 de 2 de diciembre (B.O.E.289 del 03-12-05)
Y DE OTRA, D. Antonio Sánchez Villaverde, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Montoro, en nombre y representación de dicha Corporación Local.
MANIFIESTAN:
Que es deseo de la UNED y del Excmo. Ayuntamiento de Montoro, iniciar la colaboración para la organización de actividades conjuntas en la forma que se detalla en la parte dispositiva de este convenio, por considerar ambas instituciones que estas actividades pueden resultar de gran interés para la formación de profesionales, así como beneficiosas para ambas Instituciones.
El objeto del presente acuerdo es posibilitar al alumno del Curso de Postgrado de Especialista Universitario en Archivística de la UNED la realización de prácticas en las actividades propias del Archivo Municipal del Excmo. Ayuntamiento de Montoro, a cuyo efecto, las partes signatarias suscriben el presente Convenio de acuerdo con las siguientes
CLAUSULAS
Primera: EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE MONTORO, habilita a los alumnos del Curso de Postgrado de Especialista Universitario en Archivística de la UNED para que los alumnos que se especifiquen puedan realizar en las instalaciones de dicha entidad.
Segunda: EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE MONTORO, queda eximido de cualquier responsabilidad respecto a los citados alumnos del curso, cuyas prácticas son de carácter estrictamente académico. En ningún caso se entenderá que se establecen relaciones laborales o de servicio entre los alumnos y esta institución , ni entre las partes acordantes.
Tercera: La dirección del curso estará obligada a suscribir una póliza de seguro en la cobertura de los riesgos, enfermedades y accidentes de sus alumnos. El pago que se derive de la suscripción de dicha póliza correrá a cargo del curso.
Cuarta: EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE MONTORO, ajustará las prácticas de los alumnos elegidos a sus necesidades organizativas, de tal modo que no se entorpezca el desempeño normal de sus funciones.
Quinta: Determinado de mutuo acuerdo el número y las características de los alumnos, el calendario y las actividades básicas a desarrollar, quedará autorizado el inicio de las prácticas.
Sexta: En los supuestos de faltas reiteradas de puntualidad, asistencia, incorrecto comportamiento de alumno o perturbación del servicio el Excmo. Ayuntamiento de Montoro podrá suspender de forma inmediata y cautelar dichas prácticas, poniéndolo en conocimiento de la Dirección del Curso de Especialista Universitario de Archivística para que adopte las medidas disciplinarias que considere oportunas.
Séptima: Las prácticas tendrán una duración de un mes en horario a establecer por EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE MONTORO, en función de la conveniencia del mismo y de los alumnos.
Octava: Al finalizar el periodo de prácticas, el alumno deberá realizar una memoria que recoja el contenido de las actividades relacionadas, en las que se destaque especialmente su aportación personal, ajustándose a las exigencias científicas que le son propias.
Dicha memoria será valorada por la dirección del curso, y podrá ser publicado o citado por cualquiera de ambas instituciones, haciendo referencia a su fuente y autor/es, que habrán de otorgar previamente su consentimiento.
Novena: Los alumnos que finalicen el periodo establecido de prácticas, recibirá un documento donde consten las horas realizadas y la naturaleza de las actividades llevadas a cabo.
Décima: El Curso de Postgrado de Especialista Universitario en Archivística de la UNED facilitará al Archivo colaborador el acceso al material bibliográfico y documental del mismo.
Igualmente, ambas partes se comprometen a una colaboración bibliográfica en la medida de sus posibilidades.
Undécima: Este Convenio tendrá vigencia por cursos académicos, entendiéndose prorrogado si ninguna de las partes lo denuncia fehacientemente con dos meses de antelación a la fecha de expiración de su término, iniciándose la relación en el curso académico 2009-2010. A los efectos de este convenio, se entiende por año académico el que transcurre entre el 1 de octubre de un año y el 30 de octubre del año siguiente.
Duodécima: La UNED se compromete a destacar en su Memoria Anual y en cuantas acciones realice para difusión de las actividades objeto de este convenio, la colaboración prestada por EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE MONTORO.
Y para que conste, en prueba de conformidad, firmamos el presente Convenio por duplicado y a un solo efecto, en fecha y lugar señalados al principio.
EL RECTOR MAGNIFICO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN A DISTANCIA, Fdo: Juan Antonio Gimeno Ullastres.
POR EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE MONTORO, Fdo: Antonio Sánchez Villaverde.
Lo que se hace público para general conocimiento
Montoro, 5 de febrero de 2010.- EL ALCALDE, Antonio Sánchez Villaverde.