Boletín nº 42 (08-03-2010)

VI. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 3
Córdoba

Nº. 1.631/2010

Doña Marina Meléndez-Valdés Muñoz, Secretario/a del Juzgado de lo Social Numero 3 de Córdoba, doy fe y testimonio:

Que en este Juzgado se sigue Ejecución número 29/2010, dimanante de autos núm. 746/09, en materia de Ejecución de títulos judiciales, a instancias de Francisco Javier Arenas Rueda contra Clisecor S.L., habiéndose dictado resolución cuya parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

S. Sª. Iltma. dijo: Procédase a la ejecución de la sentencia por la suma de 5218,15 en concepto de principal, más la de 313,09 de intereses y 521,82 euros calculados para gastos y costas y habiendo sido declarada la ejecutada en insolvencia provisional dése audiencia a la parte actora y al Fondo de Garantía Salarial a fin de que en el plazo de diez días insten la práctica de la diligencia que a su derecho interese o designen bienes, derechos o acciones del deudor que puedan ser objeto de embargo.

Notifíquese la presente resolución a las partes, verificándose respecto del ejecutado por medio de edictos que se publicará en el Tablón de anuncios de este Juzgado y en el BOP, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio del derecho del ejecutado a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo a que se refiere el fundamento cuarto de esta resolución, y sin perjuicio de su efectividad.

Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma el Iltmo. Sr. D. Arturo Vicente Rueda, Magistrado del Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba. Doy fe.

Y para que sirva de notificación en forma a Clisecor S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la provincia de Córdoba, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.

Dado en Córdoba, a 4 de febrero de 2010.- La Secretaria Judicial, Marina Meléndez-Valdés Muñoz.

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