Boletín nº 45 (11-03-2010)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Benamejí

Nº. 1.821/2010

En cumplimiento de lo dispuesto del art. 169.1 por remisión del art. 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones o reclamaciones durante el plazo de exposición pública, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de aprobación inicial adoptado en la sesión plenaria de 20 de enero de 2010, de modificación de presupuesto número 2 mediante la modalidad de transferencia de crédito entre partidas de distinto grupo de función y cuyo resumen es el siguiente: 

1. PARTIDAS DE GASTOS CUYOS CRÉDITOS SE MINORAN. 

CLAS.

FUN.

CLAS.

ECON.

 

Denominación de las Clasificaciones

 

Importe

920

120.10

ADMON GENERAL-BASICAS

7.000,00

920

121.04

ADM. GENERAL-COMPLEMENTARIAS

8.000,00

920

226.11

PROMOCION Y DIFUSION CULTURA-FIESTAS Y CULTURA

25.000,00

 

TOTAL

40.000,00

PARTIDA DE GASTOS CUYOS GASTOS SE INCREMENTAN: 

CLAS.

FUN.

CLAS.

ECON.

 

Denominación de las Clasificaciones

 

Importe

323

627.11

EQUIPAMIENTO C.E.I.

40.000,00

 

TOTAL

40.000,00

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el art. 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción. 

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el art. 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por si sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.

Benamejí a 18 de febrero de 2010.- EL ALCALDE, José Ropero Pedrosa.

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