Boletín nº 46 (12-03-2010)
III. Junta de Andalucia
Consejería de
Obras Publicas y Transportes
Delegación Provincial
Córdoba
Nº. 1.724/2010
Intentada sin efecto notificación de Laudo a la entidad Reciclados Espinosa SL , que tenia su anterior domicilio en P.I. Semolilla, C/ K, NAVE 3 / 30640-Abanilla / Murcia , se publica el presente Edicto a los efectos establecidos en el art. 59.4 de la Ley 30/1992:
Que la Junta Arbitral del Transporte celebró sesión el día 03 /11/2009 para conocer de la reclamación formulada por Domingo Carmona Huertes contra Reciclados Espinosa SL por impago de portes, dictando el siguiente Laudo
Expte. CO - 69/2009 - JAT: Esta Junta Arbitral, por unanimidad de sus miembros, acuerda tener por desistido al demandante en su pretensión y ordenar se proceda al archivo de las actuaciones.
E l punto 8 del art. 9 del Real Decreto 1211/1990 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, dispone que los Laudos tendrán los efectos previstos en la legislación general de arbitraje, cabiendo contra ellos recurso de anulación y de revisión por las causas especificas previstas en ésta. Transcurridos veinte días desde que fuera dictado el laudo podrá obtenerse su ejecución forzosa ante el Juzgado de lo Mercantil de Córdoba, siendo en tal caso aplicables, así mismo, las previsiones de la legislación general de arbitraje.
En Córdoba a 16 de febrero de 2010.- El Presidente, José María Lora Cerezo.