Boletín nº 46 (12-03-2010)

I. Administración General del Estado

Miniterio de Trabajo e Inmigración
Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social
Córdoba

Nº. 1.726/2010

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administra-tivo Común (Boletín Oficial del Estado de 27 de noviembre), hace saber a los interesados abajo relacionados que por la Inspección Provincial de Trabajo se han practicado actas de infracción que no han podido ser comunicadas por ausencia o ignorado paradero.

Las actas de infracción estarán de manifiesto en la Inspección Provincial de Trabajo, Avda. Conde de Valle-llano s/nº. Se advierte que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17.1 del Reglamento General sobre procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones de orden social y para los expedientes liquidatorios de cuotas de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 928/98 de 14 de mayo (Boletín Oficial del Estado 3 de junio), podrá presentar escrito de alegaciones en el plazo de quince días hábiles desde la fecha siguiente a esta publicación, ante el órgano competente para resolver el expediente: Jefe de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social. En caso de no formalizarse escrito de alegaciones, la tramitación del procedimiento continuará hasta su resolución definitiva, sin perjuicio del trámite de audiencia, que se entenderá cumplimentado en todo caso cuando en la resolución no sean tenidos en cuenta hechos distintos de los reseñados en el acta.

Nº de acta.- Identificador sujeto resp.- Nombre/razón social.- Domicilio.- Localidad.- Importe en €.- Descripción de la Infracción.-

I162009000018959; ; El Hamel El Goumri; Estación, nº 3; Aguilar de la Frontera; ; Extinción Subsidio Desempleo

Córdoba 9 marzo 2010. El Secretario General de Inspección Provincial Trabajo y Seguridad Social, José Antonio Requena Gutiérrez.

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