Boletín nº 47 (15-03-2010)

VI. Administración de Justicia

Juzgado de Instrucción Número ´2
Córdoba

Nº. 1.844/2010

Don Enrique de Juan López, Secretario del Juzgado de Instrucción Número 2 de Córdoba, doy fe y testimonio:

   Que en el Juicio de Faltas número 250/2008, se ha dictado la presente Sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Sentencia núm. 8/10

   En Córdoba, a 15 de enero de 2010. Vistos por mí, José Yarza Sanz, Magistrado-Juez del Juzgado de Instrucción Número 2 de los de esta capital los presentes Autos de Juicio de Faltas en los que han sido parte el Ministerio Fiscal, así como Trinidad Vázquez Luna, Luis García Angulo, Joaquín Cantalejo García y Francisco José de la Fuente del Toro, ya circunstanciados en el presente procedimiento número 250/08, por lesiones.

Fallo

   Que absuelvo a Trinidad Vázquez Luna, Luis García Angulo, Joaquín Cantalejo García y Francisco José de la Fuente del Toro de las imputaciones que en un principio se dirigían contra ellos, con declaración de las costas de oficio.

   Contra esta resolución cabe interponer Recurso de Apelación ante este Juzgado en el plazo de cinco días desde la notificación, recurso que habrá de presentarse por escrito, con expresión de los requisitos contemplados en los artículos 790 a 792 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, y que se sustanciará ante la Ilustrísima Audiencia Provincial. Publíquese. Llévese el original de la presente resolución al Libro de Sentencias del Juzgado, dejando testimonio en los Autos.

   Así por ésta mi Sentencia, de la que se llevará testimonio a la causa de su razón, la pronuncio, mando y firmo».

   Y para que conste y sirva de notificación de Sentencia a Francisco José de la Fuente del Toro, actualmente en paradero desconocido y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Córdoba, expido la presente en Córdoba a 17 de febrero de 2010. El Secretario, Enrique de Juan López.

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