Boletín nº 49 (17-03-2010)
I. Administración General del Estado
Ministerio de
Política Territorial
Subdelegación del Gobierno en Córdoba
Nº. 1.903/2010
Se ha intentado sin efecto la notificación a Don Miguel Cabezas Quero, con último domicilio conocido, a efectos de comunicaciones, en C/ Antonio Aguilar, 73 y C/ Ribera Baja, 47; 14500 Puente Genil (Córdoba), de la rectificación de error material en la Resolución de 16 de diciembre de 2009 del Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de Córdoba. Esta rectificación, de fecha 11 de febrero de 2010, declara lo siguiente:
En el punto Tercero de los Antecedentes de la citada resolución de 16 de diciembre de 2009, donde dice Iniciada la fase de valoración, en su hoja de aprecio la parte expropiada valoró los derechos expropiados en 112.922 euros debe decir: Iniciada la fase de valoración, el arrendatario no valoró los derechos expropiados.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto para que sirva de notificación de la rectificación de error material indicada,
En Córdoba, a 23 de febrero de 2010.- El Secretario del Jurado, José Manuel de Siles Pérez de Junguitu.