Boletín nº 49 (17-03-2010)

VI. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 4
Córdoba

Nº. 1.931/2010

El/La Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social Numero 4 de Córdoba. Hace saber:

Que en este Juzgado, se sigue el procedimiento de Cantidad núm. 837/2009, sobre Social Ordinario, a instancia de Francisco Begillos Doñamayor contra Fali Molina S.L., en la que con fecha 5 de febrero de 2010 se ha dictado Auto que sustancialmente dice lo siguiente:

AUTO

En Córdoba, a diecinueve de febrero de dos mil diez. Dada cuenta y; HECHOS

Primero .- En los autos seguidos en este Juzgado con el número 837/2009 a instancia de Francisco Berjillos Doñamayor, contra Fali Molina S.L., recayó sentencia de 05/02/10 en la que, tal y como pone de manifiesto el Sr. Letrado del Fogasa en comparecencia efectuada el día 18/02/10, ha habido un error de transcripción en las fechas de las mensualidades reflejadas en el párrafo segundo del relato de Hechos Probados.

Segundo .- Efectivamente tal y como se constata en el párrafo primero del relato de Hechos Probados y en la Fundamentación Jurídica de la resolución, nos estamos refiriendo al salario de octubre /07, noviembre/07, diciembre/07 y marzo/08 y no a los que por error se ha reseñado en la sentencia.

PARTE DISPOSITIVA

Rectificar el ordinal segundo del relato de hechos probados de la sentencia dictada en estos autos en el sentido de que:

La empresa le adeuda las siguientes cantidades:

Salario de octubre/07...................................874´99 €

Salario de noviembre/07............................1249´99 €

Salario de diciembre/07..............................1249´99 €

Salario de marzo/08....................................1249´99 €

El resto de la Resolución permanecerá Invariable.

Notifíquese a las partes este auto aclararatorio contra el que no cabe recurso alguno sin perjuicio de que el plazo para recurrir la sentencia a la que afecta comienza a correr de nuevo a partir de su notificación.

Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma el Iltmo/a. Sr./Sra. D./Dña. Mª Rosario Flores Arias, Magistrado-Juez del Juzgado de lp Social Numero 4 de Córdoba. Doy fe.

El/La Magistrado-Juez El/La Secretario/a

Y para que sirva de notificación en forma a Fali Molina S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Córdoba, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.

En Córdoba, a 19 de febrero de 2010.- El/La Secretario/a Judicial, firma ilegible. 

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