Boletín nº 52 (22-03-2010)

VI. Administración de Justicia

Juzgado de Instrucción Número 4
Córdoba

Nº. 2.198/2010

Doña Carmen de Troya Calatayud, Secretaria del Juzgado de Instrucción Número 4 de Córdoba, doy fe y testimonio:

Que en el Juicio de Faltas nº 497/2008 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

SENTENCIA NÚM. 105

   En la ciudad de Córdoba, a 23 de febrero de 2010.

   El Sr. D. José Luís Rodríguez Lainz, Magistrado-Juez titular del Juzgado de Instrucción Número 4 de los de esta ciudad, habiendo visto los presentes autos de Juicio ordinario de Faltas número 497/2008, sobre, en los que son parte el Ministerio Fiscal, así como denunciante/s D. Francisco José Mesa Molero y D. Torcuato Carmona Hens y como denunciado/s D. José Raúl Ceular Martínez.

FALLO

   Que debo absolver y absuelvo libremente a D. José Raúl Ceular Martínez de los hechos que se le/s imputan en esta causa, con declaración de oficio de las costas causadas en esta instancia y expresa reserva de acciones civiles.

   Publíquese la sentencia, llevándose el original al Libro de sentencias y dejando testimonio literal en las presentes actuaciones, la cual se notificará a las partes instruyéndoles de que contra la misma cabe recurso de apelación para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Córdoba, el cual deberá interponerse mediante escrito motivado en la forma a que se refiere el art. 976.2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, en el improrrogable término de cinco días, a contar desde la fecha de notificación de la sentencia.

   Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.

   Y para que conste y sirva de Notificación de Sentencia a José Raúl Ceular Martínez, actualmente paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de Córdoba, expido la presente

   En Córdoba a 23 de febrero de 2010.La Secretaria, Carmen de Troya Calatayud.

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