Boletín nº 55 (25-03-2010)
V. Administración Local
Ayuntamiento de Montilla
Nº. 2.286/2010
Vistas las liquidaciones número: 19773; 19825; 20212; 20213; 20249 y 20305 por importe de: 485,39; 316,69; 200,38; 198,05; 78,89 y 322,03 € respectivamente del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, aprobadas por Resolución del Teniente Alcalde Delegado de Hacienda y Recursos Humanos de fecha: 01-12-2009, 10-12-2009, 16-02-2010, 12-02-2010, 18-02-2010 y 22-02-2010, giradas a MONTILLA 2002, S.L. con NIF.: B14627772 y habiéndose intentado la notificación por dos veces de manera infructuosa, de acuerdo con lo dispuesto en el capítulo III, del Título V de la Ley 30/92 (artº 59, apdo. 5), de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el artículo 105.6 de la Ley 230/63 de 28 de Diciembre, General Tributaria, por resultar desconocido en el domicilio que consta en este Excmo. Ayuntamiento de Montilla y/o haber rehusado la notificación reglamentaria, se comunica, y se cita al interesado o a sus representantes legales, para ser notificados por comparecencia en éste Ayuntamiento (Negociado de Rentas), mediante la publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, y anuncio en el TABLON DE EDICTOS del Ayuntamiento de su último domicilio, de la liquidación antes indicada.
En caso de no comparecencia en el plazo de 10 días, contados a partir del siguiente al de la publicación de éste anuncio, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales, desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer.
PLAZOS DE INGRESO:
1º) EN PERIODO VOLUNTARIO:
-
Las liquidaciones notificadas del día 1 al 15 de un mes, se abonarán hasta el día 20 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior.
-
Las notificadas entre los días 16 al 30 o 31 de cada mes , se abonarán hasta el día 5 del segundo mes posterior o el inmediato hábil posterior.
2º) RECARGO del 10%:
-
Finalizado el periodo voluntario incurrirá automáticamente en el recargo indicado.
3º) EL PERIODO EJECUTIVO:
-
Se inicia con la notificación de la providencia de apremio, devengándose un RECARGO DEL 20%, así como los intereses de demora legalmente establecidos.
LUGAR Y MEDIOS DE PAGO:
-
Pueden realizarse: a) en la Tesorería del Ayuntamiento; b) mediante giro postal tributario y c) a través de Bancos y Cajas de Ahorros.
RECURSOS:
-
Contra la presente liquidación se podrá interponer sólo el RECURSO DE REPOSICION ante el órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, que será resuelto en el plazo de un mes, entendiéndose desestimado si transcurre el mismo sin que haya recaído resolución. La interposición del recurso de reposición no detendrá en ningún caso la acción administrativa de cobranza, salvo que el interesado solicite dentro del plazo establecido para interponer el recurso, la suspensión de la ejecución del acto impugnado acompañando cualquiera de las garantías por el total de la deuda a que se refiere el artículo 14.2.1 de la Ley 39/1988.
-
EL RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO : Ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la notificación del acuerdo resolutorio del recurso de Reposición. Si no lo fuere, el plazo será de seis meses a contar desde la fecha de interposición del recurso de Reposición.
-
OTROS RECURSOS: Los que considere oportunos, con arreglo a la normativa legal aplicable.
Montilla 25 de febrero de 2010.- La Alcaldesa-Presidenta, Rosa Lucía Polonio Contreras.