Boletín nº 55 (25-03-2010)

VII. Otras Entidades

Córdoba
Patronato Provincial de Turismo

Nº. 2.847/2010

APROBACIÓN DE LAS BASES DE SELECCIÓN PARA EL ACCESO A LA PLAZA A CUBRIR: TECNICO/A MEDIO ESPECIALIISTA EN PROMOCIÓN TURÍSTICA AUDIOVISUAL, MEDIANTE EL PROEDIMIENTO DE CONCURSO OPOSICIÓN LIBRE. 1.- Naturaleza Y Características Del Puesto

Denominación: Técnico Medio especialista en Promoción Turística Audiovisual.

Grupo: A2.

Titulación académica requerida: Diplomado.

Forma de provisión del puesto: Concurso-oposición libre.

Vinculación: Contratación Laboral Fija

Centro: Patronato Provincial de Turismo.

Jornada: Completa.

Perfil específico adecuado a las funciones y características del puesto:

Experiencia laboral: Imprescindible experiencia en materias de Gestión Administrativa Pública, Desarrollo Económico y Turístico y Promoción Turística Audiovisual.

2.- Requisitos que deben reunir los aspirantes

Los aspirantes deberán cumplir los siguientes requisitos el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes:

a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, o persona incluida en el ámbito de aplicación de los Tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. Los extranjeros con residencia legal en España, omitidos en las bases de la convocatoria, podrán acceder a las Administraciones Públicas, como personal laboral, en igualdad de condiciones que los españoles. Podrán también participar el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

b) Estén en posesión de cualquier título de diplomado/a universitario/a o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que expire el plazo de presentación de instancias. Se entiende que se está en condiciones de obtener el título académico cuando se han abonado los derechos por su expedición.

c) Poseer capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

e) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder en su caso de la edad máxima de jubilación forzosa.

3.- Solicitudes y Documentación:

Las solicitudes para tomar parte en estas pruebas selectivas se dirigirán al Ilmo. Sr. Presidente del Patronato Provincial de Turismo de Córdoba y se presentarán en el Registro General de Entrada de la misma o en la forma que determina el artículo 38 de  la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en el plazo de 20 días naturales, a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia.

En la instancia bastará  que el aspirante manifieste que reúne las condiciones exigidas en la Base 2ª de la presente convocatoria, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

A la instancia, se acompañará  inexcusablemente la siguiente documentación:

a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad en vigor o equivalente a los efectos de esta convocatoria.

b) Fotocopia del Título académico exigido o del documento oficial de solicitud del mismo y abono de los derechos de su expedición.

c) Para la valoración del concurso los aspirantes deberán entregar los documentos justificativos que estimen oportunos.

No se admitirá la presentación de documentos justificativos de méritos una vez finalizado el plazo máximo de presentación de solicitudes.

En cualquier momento del proceso, la Comisión de Selección podrá solicitar a los candidatos que acrediten la veracidad de los méritos alegados.

La justificación documental a que se refiere el apartado b) anterior, así como la relativa a méritos formativos del apartado c), consistirá en la aportación de fotocopias debidamente compulsadas.

La documentación anexa a la solicitud deberá ir grapada o encuadernada, ordenada y numerada según el orden en que se citan los requisitos exigidos y méritos valorables.

4.- Lista de Admitidos y Excluidos

Expirado el plazo de presentación de solicitudes, se harán públicas en el Tablón de Edictos las listas de admitidos y excluidos y se concederá a estos últimos un plazo de 10 días para subsanar los defectos que motiven su exclusión.

5.- Proceso De Selección:  A) PRIMERA FASE: CONCURSO:

Expirado el plazo de presentación de instancias, la Comisión de Selección se constituirá y procederá a la valoración, sin carácter eliminatorio, de los méritos y servicios legados por los aspirantes admitidos, conforme al siguiente baremo:

A1. Méritos Profesionales:

Por servicios prestados de análogo contenido funcional en la Administración Pública: 2,70 puntos por cada año completo, valorándose proporcionalmente las fracciones inferiores siempre que se trate de meses completos.

A estos efectos se entenderán por meses completos la fracción que resulte igual o superior a 30 días y se reducirán proporcionalmente los servicios prestados a tiempo parcial.

Para acreditar los servicios prestados en la Administración Pública deberá aportarse la correspondiente certificación expedida por el organismo competente.

La puntuación máxima por méritos profesionales será de 5,00 puntos.

A2. Méritos formativos:

Se valorarán aquellos Cursos, seminarios, congresos y jornadas de formación y perfeccionamiento impartidos por Instituciones públicas u homologadas oficialmente para impartir actividades formativas, incluidas todas las acciones formativas realizadas al amparo de los Acuerdos de Formación Continua de las Administraciones Públicas, cuyo contenido este relacionado con el perfil específico de la Base Primera.

Baremo: Por la participación como asistente o alumno a cursos, seminarios, congresos o jornadas:

Hasta 14 horas de duración: 0.20 puntos

De 15 a 100 horas: 0.50 puntos

De 101 a 300 horas: 1,00 puntos

De 301 horas en adelante: 1.50 punto.

Las actividades formativas cuyos documentos acreditativos no especifiquen su duración en horas lectivas, se puntuarán con 0.15 puntos.

Cuando se acredite que los cursos respectivos han sido superados con aprovechamiento, la puntuación anterior se incrementará en 0.15 puntos.

La puntuación máxima de los Méritos formativos será de 3.00 puntos.

La relación de aspirantes con la puntuación otorgada por la Comisión en esta primera fase de concurso será expuesta en el Tablón de Anuncios del Patronato Provincial de Turismo de Córdoba, determinando la puntuación global obtenida en la fase además de la puntuación por cada tipo de méritos.

En el anuncio se indicará  el plazo de 10 días naturales que se ofrece a los aspirantes para poder subsanar, en su caso, los defectos que hayan motivado la no consideración por la Comisión de Valoración de los méritos alegados o formular las reclamaciones que estimen oportunas.

Transcurrido dicho plazo se aprobará de forma inmediata la lista definitiva de aspirantes y la puntuación global resultante, a la vista de las subsanaciones y reclamaciones que hayan podido estimarse.

En defecto de solicitudes de subsanación o reclamaciones estimadas la lista expuesta de aspirantes admitidos con sus puntuaciones se entenderá aprobada definitivamente, no admitiéndose ningún tipo de reclamación posterior, sin perjuicio de los supuestos de rectificación previstos en el artículo 105.2 de la Ley treinta de mil novecientos noventa y dos, de veintiséis de noviembre.

La lista definitiva será  expuesta en el Tablón de Anuncios del Patronato Provincial de Turismo de Córdoba.

En el anuncio se indicará  la fecha, lugar y hora de realización de la primera prueba de la segunda fase, con una antelación mínima de 72 horas.

B) SEGUNDA FASE: OPOSICIÓN:

Deberá establecerse un sistema que garantice el anonimato del aspirante.

B1. Primer ejercicio.

Consistirá en un examen de desarrollo por escrito de uno de los temas del Materias Comunes del Anexo I, elegidos al azar por el tribunal en el mismo acto de su realización.

Este ejercicio contará con 60 minutos para su realización.

La puntuación máxima para este primer ejercicio será de 10 puntos.

La evaluación de este primer ejercicio se realizará mediante llamamiento a los opositores a una sesión de lectura individual ante la Comisión de Selección.

Desde la total conclusión de un ejercicio hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de cinco días hábiles y máximo de cuarenta y cinco días hábiles.

B2. Segundo ejercicio.

Constará de dos pruebas, a realizar en la misma sesión.

* Primera prueba: Consistirá en contestar por escrito a 100 preguntas tipo test, con cuatro respuestas alternativas, de las cuales solo una será la correcta, relacionadas con las materias contenidas en el Temario Específico, Bloques 1 y 2, del Anexo I de esta Convocatoria, procurándose por la Comisión de Selección que el número de dichas preguntas guarde proporción con el de temas del citado Temario Específico.

La penalización por cada respuesta incorrecta será de la cuarta parte del valor de una respuesta correcta.

Esta prueba contará con 120 minutos para su realización.

La puntuación máxima para esta primera prueba del segundo ejercicio será de 5 puntos.

* Segunda prueba: Consistirá en un supuesto práctico basado en los contenidos del Temario Específico, Bloque II, del Anexo I, fundamentalmente destinado a conocer la capacidad del opositor/a para diseñar y desarrollar proyectos relacionados con la promoción turística audiovisual de la provincia de Córdoba.

Esta prueba contará con 60 minutos para su realización.

La puntuación máxima para esta segunda prueba del segundo ejercicio será de 5 puntos.

La evaluación de esta segunda prueba se realizará mediante llamamiento a los opositores a una sesión de lectura individual ante la Comisión de Selección.

Los dos ejercicios de la fase de oposición, incluidos las pruebas primera y segunda del segundo ejercicio evaluadas por separado, tendrán carácter eliminatorio, debiendo obtenerse al menos el cincuenta por ciento de la puntuación máxima fijada en cada caso para superar cada una de los ejercicios de forma sucesiva.

6.- Comisión de Selección

Lo constituyen cinco miembros:

  • Presidente/a.

  • Miembros: tres vocales.

  • Como Secretario/a de la Comisión, actuará el Secretario del Patronato Provincial de Turismo o persona que legalmente le sustituya.

La composición del Tribunal deberá ser predominantemente técnica, y en ella se velará por los principios de especialidad, imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá asimismo a la paridad entre mujer y hombre. El Presidente y los vocales del Tribunal deberán poseer un nivel de titulación o especialización iguales o superiores al exigido para el acceso a la plaza de que se trate. No podrá formar parte del mismo el personal de elección o designación política, los funcionarios interinos ni el personal eventual. La pertenencia será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.

La Comisión de Selección no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia del/de la Presidente/a, Secretario/a y de la mitad al menos de los vocales, pudiendo acudir indistintamente a cada sesión que se produzca el titular o bien su suplente.

La determinación concreta de los miembros de la Comisión, así como la fecha de constitución de la misma, se hará pública juntamente con la resolución aprobatoria de las listas de aspirantes admitidos y excluidos.

7. - Propuesta de Resolución, Contratación y Presentación de Documentos.

La Comisión de Selección elevará propuesta a la Ilma. Sra. Vicepresidenta del Patronato para la contratación laboral fija del/de la aspirante que hubiere obtenido mayor puntuación en el proceso selectivo. La propuesta, deberá recaer sobre el/los aspirante/s que haya/n obtenido mayor puntuación final, sumados los resultados totales de las dos fases, en su caso.

En caso de empate se resolverá  a favor de quien haya obtenido mayor puntuación en la segunda fase. De persistir el empate se acudirá para dirimirlo a la otorgada a los méritos enunciados en la fase de concurso por el orden expresado; en su defecto, por sorteo.

La formalización del correspondiente contrato requerirá que por el candidato seleccionado se acrediten las condiciones exigidas para el acceso al empleo público en un plazo máximo de 10 días

Asimismo, deberá formular declaración jurada de no tener otro empleo público en el momento de su contratación, ni ejercer otras actividades privadas incompatibles con el puesto de trabajo a desempeñar, de conformidad con lo establecido en la Ley 53/1984 de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.

8.- Base Final

Contra la presente convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, podrán interponer los interesados recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo con sede en Córdoba que por turno corresponda en el  plazo de dos meses contado a partir del día siguiente al de su publicación (art. 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa). También, potestativamente, podría interponerse en el plazo de un mes recurso de reposición ante el órgano que las dictó.

Contra cuantos actos administrativos definitivos se deriven de estas Bases podrán ser interpuestos por las personas interesadas los oportunos recursos en los casos y en la forma establecida en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

La Comisión de Selección queda autorizada para resolver cuantas cuestiones se susciten referentes a la interpretación de las presentes Bases y su desarrollo.

ANEXO I.

TemaRIO DE LAS PRUEBAS DE SELECCIÓN PARA LA CONTRATACIÓN LABORAL FIJA DE UN « TÉCNICO/A MEDIO ESPECIALISTA EN PROMOCIÓN TURÍSTICA AUDIOVISUAL» MEDIANTE EL PROCEDIMIENTO DE CONCURSO-OPOSICIÓN LIBRE.  

Materias Comunes 

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Antecedentes y significado jurídico. Características y estructura. Principios Generales. 

Tema 2. Derechos Y Deberes Fundamentales De Los Españoles. Derechos fundamentales y libertades públicas en la Constitución. Garantía y suspensión de los derechos y libertades. El Defensor del Pueblo.

Tema 3. Organización Territorial Del Estado. Estatutos de Autonomía: su significado. Especial referencia al Estatuto de Autonomía de Andalucía.

Tema 4. Sometimiento De La Administración A La Ley Y Al Derecho. Fuentes del Derecho Administrativo. Ley, clases de Leyes. Disposiciones del Ejecutivo con rango de Ley. El reglamento y otras disposiciones de carácter general. 

Tema 5. Derechos Del Ciudadano ante la Administración Pública. Consideraciones especiales del interesado. Colaboración y participación de los ciudadanos en la Administración, con especial referencia a la Administración Local.

Tema 6. Acto Administrativo. Concepto y clases. Elementos del acto administrativo. Eficacia del acto administrativo. Validez del acto administrativo.

Tema 7. Procedimiento Administrativo. Disposiciones generales y principios informadores. Fases del procedimiento. Procedimientos de ejecución.

Tema 8. Recursos Administrativos. Conceptos y clases. Requisitos generales. Materias recurribles, legitimación y órganos competentes. Reclamaciones económico-administrativas. Reclamaciones previas al ejercicio de acciones en vía judicial. Revisión de oficio de los actos administrativos.

Tema 9. Responsabilidad De La Administación. Caracteres. Requisitos para demandar la responsabilidad patrimonial a la Administración Pública. Efectividad de la reparación. Procedimiento administrativo en materia de responsabilidad. Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas.

Tema 10. Contratos Administrativos. Concepto de contratos de carácter administrativo. Clases de contratos. Disposiciones generales y elementos sobre la contratación del sector público.

Tema 11. Régimen Local Español. Principios constitucionales y regulación jurídica. Clases de Entidades Locales.

Tema 12. Organización y Competencias de los Municipios De Régimen Común. Organización Municipal. Alcalde. Tenientes de Alcalde. Pleno. Junta de Gobierno Local. Órganos complementarios. Grupos políticos. Competencias de los municipios de régimen común.

Tema 13. Organización y Competencias Provinciales. Organización provincial. Presidente. Vicepresidentes. Pleno. Junta de Gobierno. Competencias provinciales. Regímenes especiales.

Tema 14. Potestad Reglamentaria de las Entidades Locales. Ordenanzas y Reglamentos. Procedimiento de elaboración y aprobación. Reglamento orgánico. Bandos.

Tema 15. Sesiones de los Órganos Colegiados Locales.  Clases de sesiones. Requisitos y procedimientos de constitución y celebración. Actas y certificados de acuerdos.

Tema 16. Servicio Público Local. Formas de gestión directa. Formas de gestión indirecta. Consorcios.

Tema 17. Presupuesto General de las Entidades Locales. Concepto y contenido. Elaboración y aprobación. Fases de ejecución del presupuesto de gastos. Fases de ejecución del presupuesto de ingresos. Control interno y fiscalización.

Tema 18. Personal al Servicio de las Entidades Locales. Funcionarios públicos. Selección. Situaciones administrativas. Provisión de Puestos de Trabajo. Personal laboral.

Tema 19. Derechos y Deberes de los Funcionarios Públicos Locales. Especial referencia a los derechos de contenido económico. Responsabilidad. Régimen disciplinario. Régimen de incompatibilidad.

Tema 20. Bienes de las Entidades Locales. Clasificación. Prerrogativas y potestades de las Entidades Locales en relación con sus bienes. Los montes vecinales en mano común.

Materias Específicas

BLOQUE I: PROMOCIÓN TURÍSTICA Y COMUNICACIÓN.

Tema 1. Promoción Turística en España. Estructuras administrativas. Plan de Turismo Español Horizonte 2020.

Tema 2. Junta de Andalucía y Turismo. Estructuras administrativas. Plan General de Turismo Sostenible de Andalucía 2008/2011.

Tema 3. Plan Director de Marketing Turístico de Andalucía 2009-2012. Plan de Acción 2009.

Tema 4. Turismo en la Provincia de Córdoba. Delegación de Turismo de la Diputación de Córdoba. Patronato Provincial de Turismo de Córdoba.

Tema 5. Plan de Desarrollo y Promoción Turística de la Provincia de Córdoba I. Generalidades. Marca Córdoba. Acciones concretas. Club de Productos.

Tema 6. Estructuras Locales y Supramunicipales de Promoción Turística. Concejalías de Turismo. Oficinas Municipales de Turismo. Mancomunidades. CIT,s.

Tema 7. Comunicación Corporativa y Turismo. Comunicación audiovisual de empresas e instituciones.

Tema 8. Medios de Comunicación Social y Turismo. Lenguaje informativo y publicitario.

Tema 9. Gestión de Medios Audiovisuales En Promoción Turística. TV convencional y TDT.

Tema 10. Turismo Y Nuevas Tecnologías De La Información Y La Comunicación. Comunicación 2.0.

BLOQUE II: PROMOCIÓN TURÍSTICA AUDIOVISUAL

Tema 11. Marco Legislativo Audiovisual en la UE. Televisión sin Fronteras (TSF). Programa MEDIA.

Tema 12. Legislación Audiovisual en España. Proyecto de Ley General de la Comunicación Audiovisual.

Tema 13. Legislación Audiovisual Andaluza. Orden Consejería de Cultura de 30 de septiembre de 2005.

Tema 14. Normativas Audiovisuales Provinciales y Locales en Córdoba. Ordenanzas y Reglamentos.

Tema 15. Industria Audiovisual y Desarrollo Económico. Impacto empresarial de un rodaje.

Tema 16. Producción Audiovisual y Empleo. Impacto económico de un rodaje.

Tema 17. I+D+I y Formación Audiovisual. Nuevas tecnologías en el audiovisual. Itinerarios profesionales.

Tema 18. Corporaciones Audiovisuales. Mapas nacional y autonómico.

Tema 19. RTVA. Ley 18/2007, de 17 de diciembre.

Tema 20. Mapa Audiovisual de la Provincia de Córdoba. Empresas y Profesionales.

Tema 21. Producción Audiovisual y Turismo. Alianza estratégica entre la industria turística y la audiovisual.

Tema 22. Estrategias Territoriales de Promoción Audiovisual. Estrategia turística vinculada al audiovisual. Rutas turísticas cinematográficas.

Tema 23. Herramientas de Promoción Audiovisual de un Territorio. Estrategias de captación de rodajes.

Tema 24. Las Film Commission. Funciones principales, servicios básicos y herramientas de gestión.

Tema 25. Associatión Of Film Commissioners International (AFCI). Objetivos. Beneficios para la industria y sus miembros.

Tema 26. European Film Commission Network (EuFCN). Constitución y Objetivos.

Tema 27. Spain Film Commission (SFC). Miembros, fines y objetivos.

Tema 28. Andalucía Film Commission (AFC). Antecedentes y Estatutos.

Tema 29. Red de Ciudades de Cine de Andalucía. Red física y red de oficinas virtuales.

Tema 30. Antecedentes de Córdoba en el Audiovisual. Historia de Córdoba en el audiovisual.

Tema 31. Córdoba Film Commission (CFC). Génesis, filosofía y definición.

Tema 32. Cfc y la Promoción Turística Audiovisual de la Provincia de Córdoba. Convenio con Andalucía Film Commission.

Tema 33. Preguntas Básicas Sobre CFC. Pretensiones, cometidos y justificaciones.

Tema 34. Objetivos y Proyectos de CFC. Objetivos generales y proyectos concretos.

Tema 35. Funciones de CFC. Funciones y modelo de funcionamiento.

Tema 36. Trabajo en Red de Córdoba Film Commission. Beneficios y sinergias.

Tema 37. Red de Ciudades de Cine de la Provincia de Córdoba. Film Offices y otras estructuras de promoción turística audiovisual municipal.

Tema 38. CFC y la Industria Audiovisual de Córdoba. Estrategias y colaboraciones.

Tema 39. CFC Como Oficina de Información y Comunicación. Gestión de la información sobre la imagen de la provincia de Córdoba.

Tema 40.  Dimensión Virtual de CFC. Guía del Audiovisual de Córdoba y Sitio Web.

En Córdoba, a 17 de marzo de 2010.- La Vicepresidenta, Mª José Montes Pedrosa.

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