Boletín nº 56 (26-03-2010)

VI. Administración de Justicia

Córdoba
Juzgado de lo Social Número 4

Nº. 2.565/2010

La Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social Número 4 de Córdoba, hace saber:

Que en este Juzgado, se sigue el procedimiento Social Ordinario nº 296/09, a instancia de JUAN MANUEL CEULAR REVUELTO y REDA EL MAAROUFI contra SEMAGESCON S.L., en la que con fecha 23/11/09 se ha dictado Sentencia cuyo Fallo es del tenor literal siguiente:

F A L L O:

Que se tiene por desistido a D. Juan Manuel Ceular Revuelto y estimando íntegramente la demanda formulada por D. Reda El Maaroufi contra SEMASGESCON, S.L., debo condenar y condeno a la esta última a que le pague la suma total de 1.070,25 € (MIL SETENTA EUROS, CON VEINTICINCO CÉNTIMOS).

Notifíquese esta resolución a las partes personadas, advirtiéndoseles que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación, que deberá anunciarse ante este órgano dentro de los cinco días siguientes a la notificación, y que será resuelto por la Sala de lo Social del TSJ de Andalucía/Sevilla.

Igualmente, se advierte al recurrente que no fuere trabajador o beneficiario de la Seguridad Social que deberá depositar la suma de 150,25 € en la cuenta abierta en BANESTO, sucursal Avda. Conde de Vallellano, a nombre de este Juzgado con el núm. 1711, acreditándolo mediante la presentación del justificante de ingreso en el periodo comprendido hasta la formalización del recurso, así como, que caso de haber sido condenado en la sentencia al pago de alguna cantidad, deberá consignarla en la cuenta citada o formalizar aval bancario por la misma suma.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en forma a SEMAGESCON S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.

En Córdoba, a 11 de marzo de 2010. La Secretaria Judicial, Miriam Palacios Criado.

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