Boletín nº 56 (26-03-2010)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Puente Genil

Nº. 2.574/2010

ANUNCIO

El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 21 de diciembre de 2.009, aprobó definitivamente el Plan Parcial R.5 del Plan General de Ordenación Urbana de Puente Genil. 

En cumplimiento del art 70.2 de la LRBRL, se procede a la publicación del acuerdo de aprobación y de las ordenanzas de dicho Plan Parcial: 

CERTIFICACIÓN DEL ACUERDO DE APROBACION 

Doña Carmen López Prieto, Secretaria General del Excmo. Ayuntamiento de la villa de Puente Genil, certifica:

Que el Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 21 de diciembre de 2009, según consta en el borrador del acta pendiente de aprobación, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

PUNTO DUODECIMO.- APROBACIÓN DEFINITIVA DEL PLAN PARCIAL R-5 DEL PGOU DE PUENTE GENIL.-

Dada cuenta del dictamen emitido por la Comisión Informativa de Obras y Urbanismo Municipal, en sesión celebrada el día 15 de diciembre de 2.009, punto séptimo, apartado b), del orden del día, que es del siguiente tenor:

PUNTO SÉPTIMO.- ASUNTOS DE URBANISMO.-

B). Expte. 2007/1.- Visto el escrito del Delegado Provincial en Córdoba de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio, sobre no emisión de informe preceptivo, con fecha de registro de entrada en este Ayuntamiento 04/12/2009, número 13486, relativo al Plan Parcial R-5 del PGOU de Puente Genil, y subsanadas las deficiencias contenidas en el mismo, según informe emitido por el Sr. Arquitecto Municipal en fecha 11/12/2009.

La Comisión acuerda, por unanimidad de los miembros asistentes a la misma, lo siguiente:

INFORMAR FAVORABLEMENTE:

1º.- La aprobación definitiva por el Ayuntamiento Pleno del Plan Parcial R-5 del PGOU de Puente Genil.

2º.- La publicación del acuerdo plenario y de las ordenanzas respectivas para general conocimiento y entrada en vigor.

El Ayuntamiento Pleno, en votación ordinaria y por unanimidad de los asistentes, que son veinte de los veintiuno que lo componen, que constituyen mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, acordó aprobar el dictamen trascrito.

ORDENANZAS

6.- NORMATIVA URBANÍSTICA DE APLICACIÓN.

Es de aplicación lo establecido en el PGOU de Puente Genil, y en la Modificación Puntual al PGOU de Puente Genil relativa a la UA-9 y P.P.R-5, aprobada definitivamente el 22 de Enero de 2007, donde se recojen los parámetros urbanísticos del sector: 

Puente Genil, 29 de marzo de 2010.- EL ALCALDE PRESIDENTE, Manuel Baena Cobos.

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