Boletín nº 59 (31-03-2010)

I. Administración General del Estado

Ministerio de Trabajo e Inmigración
Servicio Público de Empleo Estatal
Dirección Provincial
Córdoba

Nº. 2.640/2010

Por esta Dirección Provincial se ha dictado el 5-03-2008 Resolución sobre Fraccionamiento del Reintegro de Prestaciones indebidamente percibidas a D. MAME DIARRA BOUSSO GUAYE E-1641806 con domicilio en C/GUSTAVO ADOLFO BECQUER NUMERO 19-14200-PEÑARROYA-PUEBLONUEVO-(CORDOBA) en relación al expediente 06/1735 Resolución por la que se acuerda conceder el fraccionamiento solicitado el 22-06-2009 en las siguientes condiciones :

- Importe Principal: 8158,03 Euros

- Importe del recargo: 1631,61 Euros

- Importe Intereses: 610,09 Euros

- Importe total a abonar: 10.399,73 Euros

- Nº de vtos: 36

- Fecha del primer vto: 01/03/2010

- Cuantía mensual a abonar: 288,88 Euros

- Fechas de pago: Entre el uno y el cinco del mes correspondiente al vencimiento. 

El ingreso de las cantidades deberá efectuarse en el Banco Santander Central Hispano (BSCH), c/c nº 0049 5103 71 2516550943, Servicio Público de Empleo Estatal , indicando como referencia 114E01641806 debiendo entregar una copia del correspondiente boletin de ingreso en su Oficina de Empleo

La falta de ingreso, a su vencimiento, de cualquiera de las cantidades fraccionadas, determinará la inmediata exigibilidad en vía de apremio, de la totalidad del crédito pendiente de ingreso,

En el supuesto de que accediera a una nueva prestaciòn o subsidio por desempleo, se suspenderán los efectos de la concesión, incluidos los referentes a los intereses derivados del fraccionamiento, procediéndose a aplicar la vía de compensación prevista en el art. 34 del R.D. 625/85. Si toda la deuda no fuera compensada mediante este procedimiento, el interesado podrà solicitar en el plazo de 15 días, la activación del fraccionamiento suspendido, o reintegrar el débito total pendiente, en un pllazo de 30 días desde la finalización de la compensación.

Se advierte que contra la presente resolución,de acuerdo con lo establecido en el art. 114 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponer recurso de alzada ante el Ilmo Sr. Director General del Servicio Pùblico de Empleo Estatal, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la notificación de la Resolución.

CÓRDOBA, a 9 de marzo de 2010.-EL DIRECTOR PROVINCIAL, ROGELIO BORREGO MARTINEZ.

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