Boletín nº 70 (19-04-2010)
V. Administración Local
Ayuntamiento de Montilla
Nº. 3.300/2010
No habiéndose formulado reclamación alguna contra el acuerdo adoptado por el Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el día 13 de enero de 2010, por el que se procedía a la modificación de la vigente Ordenanza Fiscal que regula el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, las modificaciones se entienden definitivamente adoptadas, de conformidad con lo determinado en el articulo 17.3 del R.D. Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, siendo el texto íntegro de las mismas, el siguiente:
Artículo 6.5, quedará redactado como sigue:
5.- Tendrán derecho a una bonificación del 50 % las construcciones, instalaciones u obras en las que se incorporen sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar para autoconsumo. La aplicación de esta bonificación estará condicionada a que las instalaciones para producción de calor incluyan colectores que dispongan de la correspondiente homologación de la Administración competente y no sea obligatoria su instalación.
Lo que se hace público para general conocimiento.
En Montilla a 23 de marzo de 2010.- El Alcalde, P.D., Antonio Millán Morales.