Boletín nº 88 (13-05-2010)
VI. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 2
Córdoba
Nº. 4.260/2010
El/La Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social Número 2 de Córdoba, hace saber:
Que en este Juzgado, se sigue la ejecución núm. 108/2010, sobre Ejecución de títulos judiciales, a instancia de Juan Rafael Cabezas Gutiérrez contra Servicios y Excavaciones de Santaella S.L., en la que con fecha 11/03/10 se ha dictado Auto que sustancialmente dice lo siguiente:
PARTE DISPOSITIVA
S.Sª. Iltma. DIJO: Procédase a la ejecución de la sentencia por la suma de 16.310,71 euros en concepto de principal, más la de 2.609,71 euros calculadas para intereses y gastos y no pudiéndose practicar diligencia de embargo al encontrarse la ejecutada en paradero desconocido requiérase a la parte ejecutante a fin de que en el plazo de 10 días señale bienes, derechos o acciones propiedad de la parte ejecutada que puedan ser objeto de embargo.
Líbrense oficios al Servicio de Índices en Madrid y recábese información sobre bienes que aparezcan como de la titularidad de la ejecutada.
Dése audiencia al Fondo de Garantía Salarial para que en el plazo de quince días insten las diligencias que a su derecho interesen.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio del derecho del ejecutado a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo a que se refiere el fundamento quinto de esta resolución, y sin perjuicio de su efectividad.
Y para que sirva de notificación en forma a Servicios y Excavaciones de Santaella S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL de la provincia de Córdoba, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.
En Córdoba a 22 de abril de 2010.-El/La Secretario Judicial, firma ilegible.