Boletín nº 93 (20-05-2010)
VI. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 3
Granada
Nº. 4.699/2010
El/La Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social num. 3 de Granada. Hace saber:
Que en este Juzgado, se sigue la ejecución núm. 102/2010, sobre Ejecución de títulos judiciales, a instancia de José Javier Frías Rodríguez contra Transportes Martín Báez, S.L., en la que se ha dictado Auto cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: PARTE DISPOSITIVA.- S.Sª. Iltma. DIJO: Procédase a la ejecución del auto por la suma de 26.829.76 euros en concepto de principal, más la de 5.000 euros calculadas para intereses y gastos y no pudiéndose practicar diligencia de embargo al encontrarse la ejecutada en paradero desconocido requiérase a la parte ejecutante a fin de que en el plazo de 10 días señale bienes, derechos o acciones propiedad de la parte ejecutada que puedan ser objeto de embargo.- Líbrense oficios al Servicio de Índices en Madrid y recábese información de la Dirección General de Trafico y Agencia Estatal Tributaria a través de la Terminal que obra en este Juzgado a fin de que informen sobre bienes que aparezcan como de la titularidad de la ejecutada.- Dése audiencia al Fondo de Garantía Salarial para que en el plazo de quince días insten las diligencias que a su derecho interesen.- Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio del derecho del ejecutado a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo a que se refiere el fundamento quinto de esta resolución, y sin perjuicio de su efectividad.
Y para que sirva de notificación en forma a Transportes Martín Báez, S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la provincia de Granada, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.
En Córdoba, a 19 de abril de 2010.- El/La Secretario/a Judicial, firma ilegible.