Boletín nº 102 (02-06-2010)
V. Administración Local
Ayuntamiento de Lucena
Población
Nº. 5.254/2010
Instruido el correspondiente expediente administrativo iniciado para proceder a efectuar las bajas de oficio por inscripción indebida de Ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea, no Españoles y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, de otros Estados distintos a los anteriores con Tarjeta de Residencia de Régimen Comunitario o con Autorización de Residencia Permanente , que se hallan inscritos en el Padrón Municipal de Habitantes de este Municipio, al no haber procedido a efectuar la confirmación de su residencia, conforme a la establecido por el Consejo de Empadronamiento del Instituto Nacional de Estadística y, previo dictamen favorable de la Sección Provincial de este Organismo, esta Alcaldía ha dictado Resolución con fecha 10 de mayo actual, disponiendo se proceda a efectuar en el referido Padrón de Habitantes, las bajas por inclusión indebida de aquellas personas cuya relación fue publicada en el Boletín Oficial de la Provincia núm. 239 de fecha 23/12/2009, Anuncio núm. 12.300, a excepción de Henry Okechukwu Anyanwu, Zhana Getova Angelova, Atanas Raykov Atanasov, Iulian Danut Bourceanu, Veridiana Bourceanu, Danis Gabrile Georgescu, Alexandro Daniel Husanu, Nicoleta Husanu, Juan Miguel Husanu, Vasile Lica, Manuel Mihalache Stancoi, Gabriel Ostroveanu, Roua Bent Abdelkader Smati, M Fatima Sousa de Martins, Luigi Stoica, que, durante la tramitación del expediente, han generado otros movimientos padronales que motivan no ha lugar a que se produzcan sus bajas por esta causa.
Lucena, 11 de mayo de 2010.- El Alcalde, José Luis Bergillos López.
Con el ruego de que disponga su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, adjunto al presente le remito ejemplar del anuncio de esta Alcaldía por el que se procede a la notificación sobre baja de oficio por inscripción indebida de Ciudadanos de la Unión Europea no Españoles en el Padrón Municipal de Habitantes de este Municipio, por caducidad de sus respectivas inscripciones al no haber procedido a la confirmación de éstas.
LUCENA, 11 de mayo de 2.010
EL ALCALDE