Boletín nº 104 (04-06-2010)
V. Administración Local
Ayuntamiento de Aguilar
de la Frontera
Secretaría
Nº. 4.821/2010
El Pleno de este Ilustre Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 25 de marzo de 2010 y por unanimidad de los concejales, ha acordado lo siguiente:
Primero.- Aprobar definitivamente el Estudio de Detalle de la Unidad de ejecución AR-15, siendo promotores los propietarios Transportes Yago de Aguilar de la frontera, SL y otros, redactado por el Equipo redactor compuesto por José Ortiz Muñoz, Ingeniero industrial y otros. En cuanto a la proporción de los espacios libres con las NNSS y los aparcamientos en viario, se acepta la justificación de la propuesta de los redactores.
Segundo.- Depositar el presente Estudio de Detalle en el Registro Administrativo Municipal de Instrumentos de Planeamiento.
Tercero.- Una vez que se certifique el depósito en dicho Registro, publicar el acuerdo aprobatorio, así como el contenido del articulado de sus normas/texto de las Ordenanzas en el Boletín Oficial de la Provincia, para su entrada en vigor, con expresa indicación de haberse procedido previamente a su depósito.
Cuarto.- Notificar el presente acuerdo al Promotor.
La inscripción y depósito del Estudio de Detalle de la Unidad de Ejecución AR-15 en el Registro Municipal de Instrumentos de Planeamiento se realizó en fecha 5 de mayo de 2010.
CUADRO DE CARACTERÍSTICAS DE LA ORDENACIÓN DEL ESTUDIO DE DETALLE.
Gestión:
Sistema de actuación: Compensación.
Plazo total: Cuatro años.
Plazo para Planeamiento: Dos años.
Instrumento de desarrollo:
Estudio de Detalle.
Proyecto de Urbanización.
Proyecto de Reparcelación.
Proyecto o Proyectos de Edificación.
Edificabilidad:
0'45 m 2 t/m 2 s neta por parcela de resultado.
Zonificación:
Residencial Unifamiliar Aislada.
Espacios Libres-Jardines.
Red Viaria.
Determinaciones métricas:
Superficie del ED AR-15: 14.928'20 m 2
Espacios Libres (Jardines): 3.376'43 m 2
Aparcamientos al aire libre : 15 plazas
Altura:
N° de Plantas: 2 Plantas.
Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 140.6 del Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento, expresando que, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, a contar desde la publicación de este acuerdo. Todo ello, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
Aguilar de la Frontera, 6 de mayo de 2010.- El Alcalde, Francisco Paniagua Molina.