Boletín nº 106 (08-06-2010)
VI. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 2
Córdoba
Nº. 5.386/2010
D/Dª Doña Victoria A. Alférez de la Rosa, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social Numero 2 de Córdoba. Hace saber:
Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 73/2010 a instancia de la parte actora D/Dª. Antonio Fernández Serrano y José Silva Cruz contra Manufacturas Metálicas Herpe S.A. sobre Despidos/ Ceses en general se ha dictado resolución de fecha 6/04/2010 del tenor literal siguiente:
"Que Estimando la demanda formulada por D. Antonio Fernández Serrano y D. José Silva Cruz, representados por el Abogado Sr. Lobo Hernández, contra la empresa Manufacturas Metálicas Herpe S.A., que no ha comparecido a juicio, sobre despido, debo declarar y declaro improcedentes los despidos de los demandantes producidos con efectos de 30 de noviembre de 2009, y declarando extinguidos sus respectivos contrato de trabajo con efectos de la fecha de la presente sentencia al no ser posible su readmisión, condeno a la empresa demandada a que abone a los actores las siguientes cantidades:
1.- D. Antonio Fernández Serrano:
- Indemnización por despido: 42.468,82 €.
- Salarios de tramitación: 5.050,88 €.
2.- D. José Silva Cruz:+
- Indemnización por despido: 65.341,08 €.
- Salarios de tramitación: 6.638,08 €.
Asimismo, condeno a la demandada a que mantenga en alta en la Seguridad Social a los actores durante el periodo correspondiente a los salarios de tramitación (desde el despido hasta la presente sentencia).
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma puede interponerse recurso de suplicación para ante la Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que deberán anunciar por escrito o por simple comparecencia ante este Juzgado dentro del plazo de cinco días hábiles a partir de su notificación; advirtiendo a la empresa demandada de que si pretende recurrir deberá consignar el importe de la condena en la cuenta de Depósitos y Consignaciones que este Juzgado tiene abierta en la entidad Banesto, oficina de Avda. Conde de Vallellano nº 17 de Córdoba, con el nº 1445/0000/65/ (nº de expediente con 4 dígitos) / y año (con 2 dígitos); o bien formalizar aval bancario por la indicada suma, así como la cantidad de 150,25 € en concepto de depósito para recurrir.
Así por esta mi sentencia, cuyo original se archivará en el libro de sentencias de este Juzgado, lo pronuncio, mando y firmo."
Y para que sirva de notificación al demandado Manufacturas Metálicas Herpe S.A. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Córdoba, a 17 de mayo de 2010.- El/La Secretario/a Judicial, Victoria A. Alférez de la Rosa.