Boletín nº 126 (06-07-2010)
VI. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 4
Córdoba
Nº. 6.628/2010
El/La Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social Numero 4 de Córdoba. Hace saber:
Que en este Juzgado, se sigue la ejecución núm. 58/2010, sobre Social Ordinario, a instancia de Maria Remedios Muela Prados y Irene Muela Prados contra Aceites Y Salsas Muela S.L., en la que con fecha de hoy se ha dictado Auto que sustancialmente dice lo siguiente:
DILIGENCIA DE ORDENACION DE LA SECRETARIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO CUATRO DE CORDOBA, DOÑA MIRIAN PALACIOS CRIDO.
En Córdoba, a diecisiete de junio de dos mil diez
Dada cuenta; el anterior escrito únase a los autos de su razón, se tiene por anunciado en tiempo y forma por la parte demandante, su propósito de recurrir en Suplicación contra la Sentencia recaída en los presentes autos. Y en cumplimiento de lo establecido en el art. 193 de la LPL, póngase los autos a disposición del Letrado designado Don Manuel Garzón Pascual, para que en el improrrogable plazo de Una Audiencia se haga cargo de los mismos, por sí o por persona autorizada por escrito, a fin de que formalice el recurso de suplicación anunciado, dentro de los Diez Días siguientes, plazo que correrá cualquiera que sea el momento en el que el Letrado retire los autos puestos a su disposición.
Asimismo se advierte a la parte recurrente que de conformidad con lo establecido en el artículo 196 de la Ley de Procedimiento Laboral, deberá hacer constar en el escrito de interposición del recurso, un domicilio en la Sede de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía Sevilla a efectos de notificaciones.
Notifíquese esta resolución a las partes advirtiéndoles que contra la misma cabe recurso de Reposición ante este Juzgado de lo Social, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de Cinco Días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.
Lo acuerdo y firmo.
Y para que sirva de notificación en forma a Aceites Y Salsas Muela S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Córdoba, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.
Córdoba, a 17 de junio de 2010.- EL/La Secretario/a Judicial, firma ilegible.