Boletín nº 149 (06-08-2010)

II. Administración General del Estado

Ministerio de Trabajo e Inmigración
Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal
Córdoba

Nº. 7.753/2010

Por esta Dirección Provincial, se ha emitido Resolución sobre Suspensión de Prestaciones, relativas a los trabajadores que aparecen en relación adjunta, no habiéndose podido notificar por el servicio de correos, por resultar desconocido/ausente sus destinatarios en el domicilio que obra en esta Dirección Provincial. La presente publicación se realiza en virtud de lo dispuesto en el Art.59.5 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, para que sirva de notificación a dichos trabajadores, que deberán personarse en esta Dirección Provincial sita en Avda. Conde Vallellano, S/N en el plazo de 15 días, a partir de su publicación, instando así mismo a todo aquel que conozca otro domicilio de los trabajadores referenciados para que lo comunique a esta Dirección Provincial.  

RESOLUCIÓN SOBRE SUSPENSIÓN DE PRESTACIONES  

D.N.I.

APELLIDOS Y NOMBRE

FECHA SANCIÓN

CAUSA DEVOLUCIÓN

50.609.023

ALMEDA VEGA, MOISES

28/04/2010

DESCONOCIDO

34.024.593

CORPAS PEREZ, RAFAEL MARTIN

28/12/2009

AUSENTE

30.801.774

DOMINGUEZ PORRAS, ANTONIA

05/04/2010

DESCONOCIDO

50.616.793

FERNANDEZ CUBERO, IVAN

04/03/2010

AUSENTE

44.368.552

FERNANDEZ DIAZ, SERGIO

11/03/2010

AUSENTE

50.607.980

FERNANDEZ ROGEL, FRANCISCO T.

11/02/2010

DESCONOCIDO

30.792.986

FERNANDEZ SANCHEZ, ISABEL Mª

17/12/2009

AUSENTE

30.952.504

FLORIDO CRESPO, GALILEO EDMUNDO

11/02/2010

AUSENTE

44.373.037

FRANCO SORDO, VISTOR

04/02/2010

AUSENTE

77.471.552

FRIAS JIMENEZ, SERGIO

16/02/2010

AUSENTE

33.895.572

GALAN GARCIA, CRISTOBAL

21/01/2010

AUSENTE

30.538.655

GUTIERREZ PEREZ, FCO. LUIS

05/02/2010

AUSENTE

30.988.338

JIMENEZ LOPEZ, CRISTINA

29/03/2010

AUSENTE

30.835.215

MADUEÑO JAEN, MIGUEL ANGEL

25/02/2010

DESCONOCIDO

X3.303.059

MAJEED, ABDUL

06/03/010

DESCONOCIDO

77.344.122

MARTINEZ GUTIERREZ, JESUS

19/03/2010

DESCONOCIDO

X2.981.120

MONTERO ORELLANA, KATHERINE

19/03/2010

AUSENTE

15.455.488

OLIVA GARCIA, GABRIEL

09/06/2009

AUSENTE

X3.328.073

ORTIZ RESTREPO, Mª GIMENA

15/02/2010

AUSENTE

30.205.866

PANTOJA RIZQUES, MIGUEL

22/02/2010

AUSENTE

47.163.663

PRADAS DELGADO, IRINA

09/02/2010

AUSENTE

X8.009.468

RAJIH, SOFIANE

11/03/2010

AUSENTE

30.944.374

ROLDAN RAMOS, RAFAEL

09/12/2009

AUSENTE

X6.918.696

SAGEOT, MICHEL

23/12/2009

DESCONOCIDO

30.982.187

SANCHEZ GARCIA, ANTONIO

30/09/2009

AUSENTE

X6.019.069

TRAORE,GAOUSSOU

26/02/2010

DESCONOCIDO

X6.365.514

ZIDANI, BRAHIM

04/08/2009

DESCONOCIDO

 

Examinado el expediente sancionador iniciado con motivo de la no renovación de su demanda de empleo o a la no comparecencia a requerimiento del SPEE con fecha: (ver relación precedente), y en atención a los siguientes

HECHOS  

1º Se le comunicó una propuesta de sanción por dicho motivo, concediéndole el plazo de 15 días para que alegara las razones pertinentes, según lo dispuesto el número 4, del artículo 37 del Reglamento General sobre el procedimiento para la imposición de sanciones por infracciones en el orden social y para los expedientes liquidatorios de cuotas de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 928/98, de 14 de mayo (BOE nº 132 de 3 de junio).  

2º Que SI/NO ha presentado alegaciones que modifiquen la propuesta inicial a los que son de aplicación los siguientes:

FUNDAMENTOS DE DERECHO  

1.- El Servicio Público de Empleo Estatal es competente para resolver por razón de la materia, de acuerdo con el nº 4 del art. 48 del Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.  

2.- Los hechos expresados constituyen una infracción leve de las contempladas en la letra a), del nº 3, del art. 24 del mencionado Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, sancionada con la suspensión del derecho durante un mes, según lo dispuesto en la letra a), del nº 1 del art. 47 de la misma norma.  

Visto todo lo actuado, preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Dirección Provincial  

R E S U E L V E  

Suspender el derecho del que es Ud. titular por un período de un mes.  

Transcurrido dicho período, se procederá a su reanudación de oficio, siempre que mantenga la situación de desempleo y figure inscrito como demandante de empleo.

Contra la presente resolución, conforme a lo previsto que el art. 71 del Texto Refundido de la Ley de Procedimiento laboral, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril, podrá interponer ante esta Dirección Provincial, reclamación previa a la vía jurisdiccional social, dentro del plazo de 30 días hábiles siguientes a la fecha de notificación de la presente resolución.

Córdoba 5 de julio de 2010.-El Director Provincial del S.P.E.E., Rogelio Borrego Martínez.

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