Boletín nº 155 (17-08-2010)
VI. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 3
Córdoba
Nº. 8.247/2010
Doña Marina Meléndez-Valdés Muñoz, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba, hace saber:
Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 103/2010 a instancia de la parte actora D. José Maria Romero Latorre contra Grupo Constructor Jabelcor S.L. sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado Resolución de fecha 02/06/2010 del tenor literal siguiente:
PARTE DISPOSITIVA
Declarar al ejecutado Grupo Constructor Jabelcor S.L. en situación de insolvencia con carácter provisional por importe de 3.414,56 principal.
Archivar las actuaciones previa anotación en los Libros de Registro correspondientes de este Juzgado, y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocieren bienes del ejecutado sobre los que trabar embargo.
Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, haciéndoles saber que cabe recurso de Reposición ante este Juzgado de lo Social, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado.
El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de Cinco Días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.
Para la admisión del recurso deberá previamente acreditarse constitución de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado abierta en Banesto nº , utilizando para ello el modelo oficial, debiendo indicar en el campo Concepto que se trata de un recurso seguido del código 30 y Social-Reposición, de conformidad con lo establecido en la Disposición adicional Decimoquinta de la L.O 6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma y quienes tengan reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita.
Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria habrá de hacerse en la cuenta de Banesto 0030 1846 42 0005001274, debiendo indicar el beneficiario, Juzgado de lo Social nº&indique nº de juzgado&. de&.indique ciudad&, y en Observaciones se consignarán los 16 dígitos de la cuenta que componen la cuenta-expediente judicial, indicando después de estos 16 dígitos (separados por un espacio) el código 30 y Social-Reposición.
Así por este Decreto, lo acuerdo mando y firma Dª Marina Meléndez-Valdés Muñoz, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social Numero 3 de Córdoba. Doy fe.
Y para que sirva de notificación al demandado Grupo Constructor Jabelcor S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Córdoba, a 27 de julio de 2010.- La Secretaria Judicial, Marina Meléndez-Valdés Muñoz.