Boletín nº 177 (17-09-2010)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Adamuz

Nº. 9.135/2010

El Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Adamuz (Córdoba) hago saber:

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública la notificación de la resolución recaída en los expedientes sancionadores que se indican, instruido por el Ayuntamiento de Adamuz, a las personas o entidades denunciadas que a continuación se relaciona, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.

Contra esta resolución que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante el Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Adamuz en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la presente publicación o bien, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, conforme a lo dispuesto en el art. 46 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Contra el acto que resuelva el recurso de reposición podrá interponer igualmente recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a aquel en que se notifique la resolución expresa del recurso de reposición. Si no se hubiese resuelto expresamente dicho recurso, será de aplicación el régimen de actos presuntos a tal efecto regulado en el art. 46 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.

El pago de la multa impuesta se efectuará dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de su firmeza, conforme a lo dispuesto en el articulo 21.1 del R.D. 320/1994, de 25 de febrero y 84.1 del R.D.L. 339/1990, de 2 de marzo.

Los expediente correspondientes obran en el Negociado de Sanciones del Ayuntamiento de Adamuz (Córdoba).

Número expte.- Denunciado.- DNI/CIF.- Localidad.- Fecha.- Cuantía.- Precepto infringido.

76/2010; D. Antonio Díaz López; 30817579; Adamuz; 01/04/10; 90:00 €; Art. 154 R.G.C.

78/2010; D. Antonio Díaz López; 30817579; Aamuz; 26/03/10; 90:00 €; Art. 154 R.G.C.

Adamuz, a 24 de agosto de 2010.- El Alcalde-Presidente, firma ilegible.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad