Boletín nº 214 (12-11-2010)
VI. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 3
Córdoba
Nº. 10.853/2010
Dª Marina Meléndez-Valdés Muñoz, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba, hace saber:
Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 223/2010 a instancia de la parte actora D. Alfonso González Díaz, Juan José Quintero Román y Rafael Pérez Zarza contra R.L.A. Seguridad Córdoba S.L. sobre Ejecución de títulos judiciales, se ha dictado Resolución de fecha 19/10/10 del tenor literal siguiente:
Parte dispositiva
Acuerdo: Procédase al embargo del crédito que el demandado R.L.A. Seguridad Córdoba S.L. pudiera ostentar contra la Agencia Tributaria de la Delegación Provincial de Hacienda de Córdoba, así como los saldos existentes en las cuentas Cajasur, Caja de Extremadura, BBVA SA, CajaSol, Unicaja, Caja Rural de Córdoba, La Caixa, suficiente a cubrir el principal, más intereses y costas reclamados en la presente ejecución, o, en su caso, cualquier otra cantidad que resulte inferior, transfiriéndola a la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, a cuyo fin líbrense los correspondientes despachos.
Y conforme al art. 54.3 de la L.P.L. demórese la notificación al demandado durante el tiempo indispensable para lograr efectividad.
Modo de impugnación: Meditante Recurso de Reposición, a presentar ante quien dictó la Resolución en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que, a su juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interpretación del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
Así por este Decreto, lo acuerdo mando y firma Dª Marina Meléndez-Valdés Muñoz, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número 3 de Córdoba. Doy fe.
Y para que sirva de notificación al demandado R.L.A. Seguridad Córdoba S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Córdoba a 19 de octubre de 2010.- La Secretaria Judicial, Marina Meléndez-Valdés Muñoz.