Boletín nº 225 (29-11-2010)
VI. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 4
Córdoba
Nº. 11.517/2010
La Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social Número 4 de Córdoba, hace saber:
Que en este Juzgado, se sigue Autos 1191/2009, sobre Social Ordinario, a instancia de Josefa Luna García contra Fogasa, Galería Universall Palmovil I. S.L., Relaxalud, S.L., Bioclynics, S.L. y Agua Test Pamoavil I, S.L., en la que con fecha se ha dictado SENTENCIA que sustancialmente dice lo siguiente:
FALLO
Que estimando parcialmente la demanda que ha originado estos autos, debo de condenar y condeno, con carácter solidario, a Galería Universal Pamovil, S.L., Relaxalud, S.L. y Bio-Clynics, S.L. a que paguen a la actora la suma total de 2.965,44 € (dos mil novecientos sesenta y cinco euros, con cuarenta y cuatro céntimos), de la que el Fogasa responderá en los supuestos y dentro de los límites legalmente establecidos y, finalmente, de cuyo abono se absuelve a la empresa Aqua Tests Pamoavil I, S.L.
Notifíquese esta resolución a las partes personadas, advirtiéndoseles que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación, que deberá anunciarse ante este órgano dentro de los cinco días siguientes a la notificación, y que será resuelto por la Sala de lo Social del TSJ de Andalucía/Sevilla.
Igualmente, se advierte al recurrente que no fuere trabajador o beneficiario de la Seguridad Social que deberá depositar la suma de 150,25 € en la cuenta abierta en Banesto, sucursal Avda. Conde de Vallellano, a nombre de este Juzgado con el núm. 1711, acreditándolo mediante la presentación del justificante de ingreso en el periodo comprendido hasta la formalización del recurso, así como, que caso de haber sido condenado en la sentencia al pago de alguna cantidad, deberá consignarla en la cuenta citada o formalizar aval bancario por la misma suma.
Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio mando y firmo.
Y para que sirva de notificación en forma a Galería Universall Palmovil I. S.L., Relaxalud, S.L., Bioclynics, S.L. y Agua Test Pamoavil I, S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.
En Córdoba, a 29 de octubre de 2010.- La Secretaria Judicial, Miriam Palacios Criado.