Boletín nº 243 (28-12-2010)
VI. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 4
Córdoba
Nº. 12.532/2010
El/La Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social Número 4 de Córdoba, hace saber:
Que en este Juzgado, se sigue el procedimiento núm. 274/2010, sobre Ejecución de títulos judiciales, a instancia de José Rubio Garrido contra Tomas Martínez Moreno (Auto-Escuela Tomas), en la que con fecha se ha dictado Auto y decreto que sustancialmente dice lo siguiente:
PARTE DISPOSITIVA
S.Sª. Ilma. Dijo: Se despacha, ejecución general de la resolución dictada en autos a instancia de José Rubio Garrido contra: D. Tomas Martínez Moreno (Auto-Escuela Tomas), por la cantidad de 5000 euros de principal más 500 euros presupuestado para intereses costas y gastos.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio del derecho del ejecutado a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo previsto en la L.E.C.
Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma el Iltmo/a. Sr./Sra. D./Dña. Mª Rosario Flores Arias, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Numero 4 de Córdoba. Doy fe.
Y asimismo, se ha dictado la siguiente:
PARTE DISPOSITIVA
S.Sª. Ilma. Dijo: Se despacha, ejecución general de la resolución dictada en autos a instancia de José Rubio Garrido contra: D. Tomas Martínez Moreno (Auto-Escuela Tomas), por la cantidad de 5000 euros de principal más 500 euros presupuestado para intereses costas y gastos.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio del derecho del ejecutado a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo previsto en la L.E.C.
Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma el Iltmo/a. Sr./Sra. D./Dña. Mª Rosario Flores Arias, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número 4 de Córdoba. Doy fe.
Y para que sirva de notificación en forma a Tomas Martínez Moreno (Auto-Escuela Tomas), cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la provincia de Córdoba, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.
Córdoba, a 1 de diciembre de 2010.- El/La Secretario/a Judicial, firma ilegible.