Boletín nº 4 (07-01-2011)

VI. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 3
Córdoba

Nº. 12.846/2010

Dª Marina Meléndez-Valdés Muñoz, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba, hace saber:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1348/2010 a instancia de la parte actora D. Jorge Manrique Poza contra Fogasa y Empresa Cano Camacho Gabriel sobre Despidos/Ceses en general se ha dictado resolución de fecha  del tenor literal siguiente:

DILIGENCIA DE ORDENACIÓN DE LA SECRETARIA Sra. Dª. Marina Meléndez-Valdés Muñoz.

En Córdoba a trece de diciembre de 2010.

Visto el estado que mantienen las presentes actuaciones y no apareciendo citada en legal forma la empresa demandada Empresa Cano Camacho Gabriel, al encontrarse el domicilio indicado desconocido, según consta en autos, póngase en conocimiento del actor, a fin de que, facilite nuevo domicilio, o alegue lo que a su derecho convenga, en el plazo de cuatro días, y, procédase a su comunicación por medio de edictos, insertando un extracto suficiente en el "Boletín Oficial" correspondiente y en el tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán en estrados.

Se acuerda dejar sin efecto el señalamiento del próximo día 21 de diciembre 2010 y señalar nuevamente los actos de conciliación y juicio para el próximo día dieciocho de enero de 2011, a las 11, 40 horas de su mañana;  cítese a las partes teniendo como parte al Fondo de Garantía Salarial, dándole traslado de la demanda, a los efectos previstos en el art. 23.2 de la Ley de Procedimiento Laboral. y líbrese exhorto a Lucena.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

DECRETO

Secretario Judicial Dª Marina Meléndez-Valdés Muñoz.

En Córdoba, a veinticuatro de Noviembre del dos mil diez.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- D. Jorge Manrique Poza presenta demanda contra Empresa Cano Camacho Gabriel  en materia de despido, núm. 1.348/10.

SEGUNDO.- La demanda ha sido turnada a este Juzgado.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- Examinados los requisitos formales de esta demanda y de conformidad con lo dispuesto en los arts 82,1 de la LPL, procede su admisión y señalamiento por el/la Secretario/a Judicial.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

PARTE DISPOSITIVA

ACUERDO:

- Admitir esta demanda presentada en materia de despido.

- Señalar el próximo día veintiuno de diciembre de 2010 a las 11,30 de su mañana, para la celebración del acto de juicio en la sala de vistas de este Juzgado sito en C/Doce de Octubre,2 (Pasaje).Pl.2, para el caso de que las partes no lleguen a una avenencia en el acto de conciliación a celebrar ante el Secretario judicial sucesivamente se pasará a juicio.

 -Citar a las partes, sirviendo el presente decreto de citación en forma, con la advertencia de que de no comparecer ni alegar justa causa que motive la suspensión del acto de conciliación o juicio, podrá el Secretario Judicial en el primer caso y el Juez en el segundo, tener al actor por desistido de la demanda, y si se tratase del demandado no impedirá la celebración de los actos de conciliación y juicio, continuando éste sin necesidad de declarar su rebeldía.

-Se tienen por hechas las manifestaciones del actor de que comparecerá a los actos convocados asistido de Letrado o representado por Graduado Social de su libre designación.

-Se señala, a efectos de oír notificaciones, domicilio en esta Capital, en Avda. Gran Capitán, 12.

-Dar cuenta a S.Sª del señalamiento efectuado a los efectos del art 182 LEC.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Y para que sirva de notificación al demandado Empresa Cano Camacho Gabriel actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 13 de diciembre de 2010.-La Secretaria Judicial, Fdº. Marina Meléndez-Valdés Muñoz.

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