Boletín nº 4 (07-01-2011)
VI. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 2
Córdoba
Nº. 12.862/2010
Dª Victoria A. Alférez de la Rosa, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social Número 2 de Córdoba, hace saber:
Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 860/2010 a instancia de la parte actora Dª. Belén Maria Millán Aguilera contra Descanso Martín S.L. sobre Despidos/ Ceses en general se ha dictado resolución de fecha del tenor literal siguiente:
FALLO
Que estimando la demanda interpuesta por Dª Belén María Millán Aguilera contra la empresa Descanso Martín S.L.,S.L., declaro Improcedente el despido de la actora, y condeno a la empresa demandada a que abone a la misma la suma de 906,52 €, en concepto de indemnización, más otra cantidad igual a la suma de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido, el 3 de julio de 2010, hasta el día de hoy, a razón de 40,29 € diarios, o sea, 6.124,08 €, dándose por extinguida la relación laboral con esta fecha.
Incorpórese la presente sentencia al libro correspondiente, expídase testimonio para su unión a los autos, y hágase saber a las partes que contra ella cabe recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia, recurso que habrá de anunciarse ante este Juzgado en el plazo de cinco días a contar desde el siguiente al de la notificación de esta resolución.
En cuanto a la condenada al pago, para hacer uso de este derecho deberá ingresar las cantidades a que el fallo se contrae en la cuenta de consignaciones y depósitos de este Juzgado (Banesto cta. Nº 1445-0000-65-0860-10, y en la cuenta de recursos de suplicación de este Juzgado en la misma entidad (cuenta nº 1445-0000-67-0860-10) un depósito de 150 euros.
Así por esta mi Sentencia, escrita y dictada en la ciudad de Córdoba en la fecha indicada en el encabezamiento, lo acuerdo, mando y firmo, juzgando la presente causa en primera instancia.
Y para que sirva de notificación al demandado Descanso Martín S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Córdoba, a 10 de diciembre de 2010.-La Secretaria Judicial, Victoria A. Alférez de la Rosa.