Boletín nº 13 (20-01-2011)
VII. Otras Entidades
Gerencia Municipal de
Urbanismo
Córdoba
Nº. 227/2011
APROBACIÓN INICIAL DE LA INNOVACIÓN DEL P.G.O.U. DE CÓRDOBA CARRETERA DE GRANADA, CARRETERA DE TRASSIERRA (9.1.1.1//17-10)
El Excmo. Ayuntamiento Pleno en Sesión extraordinaria celebrada el día 27 de diciembre del 2.010, en relación con la propuesta de aprobación inicial de la Innovación del PGOU de Córdoba Carretera de Granada, Carretera de Trassierra, por unanimidad, adoptó el siguiente acuerdo:
Primero: Aprobar inicialmente la Innovación del PGOU de Córdoba "Carretera de Granada, Carretera de Trassierra", formulada por la Gerencia de Urbanismo del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba, a petición de Codisa S.A.
Segundo: Aprobar inicialmente su Estudio de Impacto Ambiental.
Tercero: Someter ambos documentos a información pública por el plazo de un mes, mediante anuncios en al BOP, Diario de los de mayor circulación en la provincia y Tablones de Anuncios del Ayuntamiento y de la Gerencia y comunicación a los municipios colindantes. Durante el período de información pública se solicitará Informe de Incidencia Territorial , conforme a lo previsto en el Decreto 525/2008, de 16 de diciembre, Orden de 3 de abril de 2007 y la Instrucción 1/2007 de la Secretaria General de Ordenación del Territorio.
De conformidad con lo previsto en el informe de la Secretaria General del Pleno durante el periodo de exposición pública y antes de la aprobación provisional, deberá acreditarse en el expediente, en base a sólidos estudios geotécnicos el nivel de riesgo exi9stente para su urbanización y construcción y deberá aportarse informe de los Servicios competentes de la G.M.U. en los que se concluya el grado de riesgo existente y desde el punto de vista jurídico si de los mismos se deriva que estamos ante un suelo con las caractgerísticas del art. 12.2.a) de la Ley de Suelo estatal o 46.1i) de la LOUA o si se trata de un suelo que permite su transformación urbanística.
Cuarto: Requerir los siguientes Informes Sectoriales, en el plazo de diez días desde el acuerdo de aprobación inicial:
a) Al Ministerio de Fomento, Unidad de Carreteras de Córdoba, por la posible afección de la actuación a la N-432, y al estudio informativo de la A-81.
b) A la Compañía Logística de Hidrocarburos, CLH S.A., por la inclusión en el ámbito del Gasoducto Rota-Zaragoza.
c) A la Delegación Provincial de Córdoba de la Consejería de Medio Ambiente, por los intereses públicos afectados de su competencia, solicitando la Declaración Previa del Estudio de Impacto Ambiental, que deberá ser emitida antes de la aprobación provisional del documento, previa remisión de las alegaciones medioambientales una vez finalice el plazo de exposición pública.
Quinto: Solicitar a las Compañías suministradoras respectivas y servicios municipales los informes referentes a las infraestructuras previstas, respecto a la ordenación pormenorizada del sector CG-1 (SUO).
Sexto: Notificar el presente acuerdo a todos los interesados en el expediente, significándoles que al tratarse de meros actos de trámite, que no deciden directa o indirectamente el fondo del asunto, ni determinan la imposibilidad de continuar el procedimiento y no producen indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos, no podrán interponer Recurso alguno, la oposición a estos actos de trámite podrá alegarse por los interesados para su consideración en la Resolución que ponga fin al procedimiento ( artículo 107.1 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/99).
Córdoba, 29 de diciembre de 2010.- El Gerente, Francisco Paniagua Merchán.