Boletín nº 15 (24-01-2011)
VI. Administración de Justicia
Juzgado de Primera
Instancia e Instrucción Número 1 y Juzgado de Violencia
sobre la Mujer
Montilla
Nº. 12.924/2011
Hago saber:
Que en este Juzgado se sigue el procedimiento Expediente dominio. Reanudación tracto sucesivo 888/2010 a instancia de Francisco Cardeñosa Siles, Juan Rafael Cardeñosa Siles, Luisa Cardeñosa Siles, Ramona Sánchez Casado, Fernando Cardeñosa Sánchez y José Manuel Cardeñosa Sánchez, expediente de dominio para la reanudación de tracto sucesivo de la siguiente finca:
Finca urbana en la localidad de Montemayor, de la calle Barruelo número sesenta y ocho. Tiene una superficie de solar de setenta y cuatro metros cuadrados; tiene una superficie total construida de cinto y cuatro metros cuadrados. Consta de dos plantas con cubierta de teja. Y linda: al frente, con la calle Barruelo y con la casa número sesenta y seis de la misma calle, de Don José María Nadales Gómez, por la derecha entrando, con dicha casa número sesenta y seis de la calle Barruelo, de Don José María Nadales Gómez; por la izquierda con la casa número setenta de la misma calle, de D. Francisco Javier Vilchez Toro, antes de los herederos de Don Ángel Sánchez Torres; y por el fondo, con las citadas casas de la calle Barruelo, sesenta y seis de Don José María Nadales Gómez y setenta de D. Francisco Javier Vilchez Toro, antes de los herederos de D. Ángel Sánchez Torres.
Figura en el Registro de la Propiedad de la Rambla en el Tomo 299, libro 53 del Ayuntamiento de Montemayor, al folio 87, finca registral 280 inscripción 7ª.
Por el presente y en virtud de lo acordado en providencia de esta fecha se convoca a los herederos de Luisa Siles Moreno, Antonio Soto Blanco y Cándida Moreno Moreno y las personas ignoradas a quienes pudiera perjudicar la inscripción solicitada para que en el término de los diez días siguientes a la publicación de este edicto puedan comparecer en el expediente alegando lo que a su derecho convenga.
En Montilla, a 10 de diciembre de 2010.- El/La Secretario, firma ilegible.