Boletín nº 19 (28-01-2011)
VI. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 2
Córdoba
Nº. 421/2011
La Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social Número 2 de Córdoba, hace saber:
Que en este Juzgado, se sigue el procedimiento núm. 1097/2010, sobre Despidos/Ceses en general, a instancia de José Antonio García López contra CLS Dosificaciones y Reactivos S.L., en la que con fecha 11/01/11 se ha dictado Sentencia cuyo Fallo es del tenor literal siguiente:
"Fallo
Que estimando la demanda interpuesta por D. Juan Antonio García López contra la empresa CL2 Dosificaciones y Reactivos S.L., declaro improcedente el despido del actor, y condeno a la empresa demandada a la readmisión del trabajador en las mismas condiciones que regían antes de producirse el despido y con abono de los salarios dejados de percibir o, a elección del empresario, a que abone al trabajador la cantidad de 135,12 € en concepto de indemnización, más otra cantidad igual a la suma de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido, el 6 de septiembre de 2010, hasta el día de la notificación de la sentencia al empresario, a razón de 45,04 €/día.
Incorpórese la presente sentencia al libro correspondiente, expídase testimonio para su unión a los autos, y hágase saber a las partes que contra ella cabe recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, recurso que habrá de anunciarse antes este Juzgado en el plazo de cinco días a contar desde el siguiente al de la notificación de esta resolución.
En cuanto a la condenada al pago, para hacer uso de este derecho deberá ingresar las cantidades a que el fallo se contrae en la cuenta de consignaciones y depósitos de este Juzgado (Banesto cta. nº1445-0000-65-1097-10, oficina principal de Jaén) y en la cuenta de recursos de suplicación de este Juzgado en la misma entidad (cuenta nº 1445-0000-67-1097-10) un depósito de 150 euros.
Así por esta mi Sentencia, escrita y dictada en la ciudad de Córdoba en la fecha indicada en el encabezamiento, lo acuerdo, mando y firmo, juzgando la presente causa en primera instancia."
Y para que sirva de notificación en forma a CLS Dosificaciones y Reactivos S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.
En Córdoba, a 13 de enero de 2011.- La Secretaria Judicial, Victoria A. Alférez de la Rosa.