Boletín nº 21 (01-02-2011)
V. Administración Local
Ayuntamiento de Lucena
Nº. 229/2011
D. José Luis Bergillos López, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Lucena (Córdoba), hace saber:
Que por el Pleno de esta Corporación en sesión ordinaria celebrada el día 30 de noviembre de 2010, se adoptó entre otros acuerdo provisional de modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por el Uso de Inmuebles Municipales para el desarrollo de actividades artísticas, culturales y sociales.
Dicho acuerdo provisional y la ordenanza indicada, en cumplimiento de lo establecido en el art. 17 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, quedan expuestos al público durante treinta días, contados a partir de la publicación del presente Edicto en el BOP, periodo dentro del cual los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. Finalizado el periodo de exposición sin que se hayan presentado reclamaciones, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Lucena, 10 de enero de 2011.- El Alcalde, José Luis Bergillos López.