Boletín nº 21 (01-02-2011)
V. Administración Local
Ayuntamiento de Puente Genil
Nº. 435/2011
Habiéndose publicado en el Boletín Oficial de la Provincia nº 229, de 03/12/2010, Anuncio de la Alcaldía sobre aprobación provisional de la modificación de la Ordenanza Municipal de Circulación del Excmo. Ayuntamiento de Puente Genil (Córdoba), por el Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria de fecha 22/11/2010, sin que se hayan presentado reclamaciones durante el período de información pública, se entiende definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional, debiéndose publicar el texto íntegro de la modificación de la Ordenanza municipal citada en el Boletín Oficial de la Provincia, de conformidad con el art. 49 de la Ley de Bases de Régimen Local en relación con el art. 70 de la misma norma, que es el siguiente:
"Artículo 46.2: La primera infracción que se cometa dentro del año natural en curso, relacionada exclusivamente con el estacionamiento del vehículo, siempre que sea leve y no lleve aparejada la perdida de puntos, en relación con la Ley 17/2006 de 19 de Julio, será sobreseída y archivada, comunicándoselo así al interesado".
Puente Genil, 14 de enero de 2011.- El Alcalde, Manuel Baena Cobos.